Ayuntamiento de Madrid
La Justicia escucha al Ayuntamiento y le da la razón en el traslado de residuos a Valdemingómez
La decisión judicial se adopta tras estudiar las alegaciones realizadas por el denunciado, el Ayuntamiento de Madrid.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31 de Madrid ha denegado, tras las elegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Madrid, a Más Madrid las cautelares que había solicitado para evitar que continuara recibiendo los residuos de la Mancomunidad del Este en Valdemingómez.
La magistrada Bris García es taxativa respecto a las autorizaciones impugnadas: “Se encuentran operativas desde hace semanas, sin que se acredite ninguna incidencia relevante técnica, ambiental o para la salud pública y tampoco se ofrecen alternativas que puedan precaver los efectos para el medio ambiente y la salud de la medida que se solicita, se considera procedente denegar la medida cautelar solicitada”.
La decisión judicial se adopta tras estudiar las alegaciones realizadas por el denunciado, el Ayuntamiento de Madrid. La juez considera que “no se ha aportado por los recurrentes ninguna prueba científica que demuestre, a los efectos cautelares, que el tratamiento de los residuos de la Mancomunidad del Este en el PTV vaya a provocar un efecto sustancialmente distinto o incrementar cualquiera que se pudiera estar produciendo en la actualidad con el tratamiento de los residuos de la ciudad de Madrid o el tratamiento conjunto de los residuos de la ciudad de Madrid, Arganda del Rey y Rivas Vaciamadrid”. Subraya que dicho tratamiento, admitido por ambas partes, “viene de facto realizándose desde hace décadas”.
“Esta prueba indiciaria ha de venir referida a los concretos perjuicios, graves e irreparables, que deriven durante esos dos meses por la llegada de los residuos de la Mancomunidad del Este. Déficit probatorio que no puede suplirse por las llamadas de alerta sobre futuras autorizaciones y los efectos que estos actos posteriores en el tiempo, de producirse, puedan arrostrar sobre las inversiones y planes de mejora de las instalaciones. Inversiones y mejoras que según el consistorio se siguen ejecutando”, recoge el auto del Juzgado 31.
Reconoce la Justicia que los informes aportados por el Consistorio son “categóricos en cuanto a la inviabilidad de la alternativa sugerida en la petición cautelar” (Loeches). Y recuerda: “El informe de 26 de diciembre de 2019 de la autoridad ambiental competente para la autorización de estas actuaciones, la Comunidad de Madrid, descarta por completo la posible utilización provisional del vaso de Loeches”, y añade, “no se aporta con la solicitud cautelar ningún informe técnico que permita sustentar lo contrario”.
También se acredita suficientemente a los efectos cautelares y desde la Dirección General del Parque Tecnológico de Valdemingómez, determina la magistrada, “que se está llevando a cabo un seguimiento de los traslados de residuos de la Mancomunidad del Este”. “Se emiten informes de seguimiento semanales habiéndose elaborado ya cuatro informes que incluyen información relativa a las cantidades de residuos que están llegando al PTV procedentes de la Mancomunidad del Este, número de tránsitos (número de camiones o traslados que se producen), así como información relativa a los olores detectados”.
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