Tribunales
El triunfo de Loli
Más de un año después de ser desahuciada de sus bancas en el Mercado de La Cebada, una sentencia estima el recurso interpuesto por la comerciante
A principios de enero de 2019, Dolores de Gracia, conocida por todos como Loli, recibió una llamada de un compañero del Mercado de La Cebada. Sus bancas, la 334 y la 335, estaban siendo custodiadas por dos funcionarios y dos policías municipales. Habían cambiado las cerraduras. Loli estaba siendo desahuciada de sus puestos, los mismos que regentaba desde hacía casi quince años, por el impago de una deuda con la Sociedad Cooperativa Madrileña de Comerciantes del Mercado de La Cebada (Comece). La Dirección General de Comercio y Emprendimiento del Ayuntamiento de Madrid fue quien dio luz verde al desahucio.
Fue un desalojo por partida doble. Desde septiembre de 2018, Loli cedió sus puestos gratuitamente a una ONG, el Mercadillo del Libro Solidario, cuyas ventas estaban destinadas a la compra de comida para bancos de alimentos. De hecho, cuando se produjo el cambio de cerradura de los puestos, se encontraban en las bancas todos los fondos de la ONG, así como el dinero recaudado en la última campaña de las Navidades de 2018.
Sin embargo, el pasado 2 de marzo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 33 de Madrid estimó el recurso interpuesto por Loli contra la resolución de la Dirección General de Comercio. Una sentencia que obliga a regresar a la casilla de salida, antes de que se produjera la orden de desahucio.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, se detalla que la demandante suscribió un acuerdo con la Comece, en el que reconoce que les adeuda 5.065,15 euros y que se comprometió a pagar 140,75 euros al mes para saldar sus cuentas. «Sin embargo, Comece denuncia a la demandante ante el Ayuntamiento de Madrid, que incoa un expediente sancionador» en julio de 2018.
Según se explica en la sentencia, Loli presentó un escrito ante el Ayuntamiento «solicitando el archivo de lo actuado al haber alcanzado un acuerdo con Comece para el pago de la deuda pendiente». Pero el Ayuntamiento «considera desistido el recurso de reposición y firma la resolución sancionadora, decisión que no notifica a la sancionada».
El juez estima «que los procedimientos sancionadores se deben tramitar con todas las garantías para que el interesado puede defender sus derechos». Además, de toda la tramitación «se deduce que hay escritos sin notificar que afectan los derechos de la denunciada». «Estas deficiencias no implican nulidad, pero apuntan a un procedimiento sin las debidas garantías», añade el juez.
Además, aclara que «las relaciones entre Administración y ciudadano están regidas por los principios de buena fe y confianza legítima», principios que «no pueden amparar que la demandante llegue a un acuerdo con Comece y ello suponga la pérdida de las bancas».
Así, y si bien se mantiene la infracción cometida por Loli en «los términos previstos en la Ordenanza de Mercados Municipales», el fallo ordena que se «retrotraigan las actuaciones al momento anterior a la notificación» del procedimiento sancionador.
Por todo ello, Loli podría reclamar las llaves de sus puestos en el Mercado de La Cebada. La decisión ahora está en manos del Ayuntamiento.
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