Tribunales

El Ayuntamiento socialista de Móstoles vulneró los derechos fundamentales de un edil de la oposición

El consistorio presidido por Noelia Posse negó al portavoz de Más Madrid el acceso a una información relativa a una empresa municipal

La alcaldesa de Móstoles, Noelia Posse
La alcaldesa de Móstoles, Noelia PosseCarlos LujánEuropa Press

El Gobierno municipal de Móstoles vulneró los derechos fundamentales de un concejal de la oposición por negarle el acceso a una información relativa a una empresa del propio consistorio. «Me han comunicado la sentencia del contencioso-administrativo que acredita que se vulneraron mis derechos fundamentales en Móstoles Desarrollo por parte del gobierno municipal. El juzgado estima que tengo pleno derecho a acceder a la información que me llevan negando desde mayo de 2021», publicó ayer en su perfil de Twitter el concejal Gabriel Ortega, portavoz de Más Madrid-Ganar Móstoles en esta localidad.

La información que solicitó Ortega al Gobierno municipal presidido por la alcaldesa socialista Noelia Posse gira en torno a la relación contractual de la pareja de un ex concejal del PSOE con el propio consistorio. Y es que según Ortega, el Ayuntamiento sacó una plaza de auxiliar administrativo «justo» cuando terminó el contrato público «con la empresa externa» de la pareja del ex concejal socialista Mariano Bonilla.

El fallo judicial califica como «innegable» el «derecho que asistía a los concejales recurrentes a acceder a la información demandada. Al negarla expresa o tácitamente desde la sociedad Móstoles Promoción basándose en el carácter privado de la misma o en el incorrecto procedimiento seguido al solicitarla se ha lesionado el derecho de dicho concejal; también se ha lesionado el derecho fundamental por parte del Ayuntamiento al incumplir los plazos procesales de obligado cumplimiento para entregar dicha información, pues, como expresó la STS de 14 de abril de 2003, «el mayor valor de los derechos fundamentales conduce a tener por incompatible con el artículo 23.2 de la Constitución Española la tardanza del todo injustificada en facilitar a un concejal la información que precisa para el ejercicio de su cargo».