
Tribunales
La Justicia reitera la incompetencia del Ayuntamiento de Madrid para imponer sanciones en el túnel de Plaza Elíptica
Desde septiembre de 2021 hasta octubre de 2024, según datos obtenidos del portal de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, el Consistorio madrileño ha impuesto 2.284.320 multas, por un valor económico de más de 435 millones de euros

Una nueva sentencia judicial dictada por la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 30 de Madrid, en contestación a un recurso promovido por los servicios jurídicos de la organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA), en defensa de los derechos de uno de sus socios, ha vuelto a poner en entredicho la legalidad de las multas impuestas por el Ayuntamiento de Madrid en las ZBE, y en especial en las impuestas en el túnel de Plaza Elíptica, al considerar que el consistorio madrileño no tiene competencia para sancionar infracciones en la “carretera A42, punto km. 3,9 sentido decreciente, cuya titularidad corresponde al Estado”.
Esta resolución judicial viene a consolidar el criterio sustentado por cada vez más juzgados de Madrid, que consideran nulas las sanciones impuestas en las Zonas de Bajas Emisiones de la capital por cuanto se imponen “en aplicación de una disposición de carácter general que no se ajusta a Derecho.”
Y así, la sentencia recuerda en su FD 2º que “a la fecha presente se ha anulado la delimitación de zonas de bajas emisiones por Sentencia del T.S.J. de Madrid nº 410/2024, de 17 de septiembre (…) Y si bien la citada resolución no es firme, es conforme con el criterio que sostiene esta juzgadora en consideración de que no es sancionable la conducta que dio lugar a la resolución recurrida al haberse dictado esta en aplicación de una disposición de carácter general que no se ajusta a Derecho.”
Igualmente la sentencia considera que el Ayuntamiento de Madrid no tiene competencia para sancionar infracciones cometidas en el túnel de la Plaza Elíptica, como desde hace tiempo AEA ha venido denunciando.
En este sentido, la sentencia es absolutamente clara al declarar que “en el presente caso la denuncia señala como lugar de comisión de la infracción la carretera A42, punto km 3.9 en sentido decreciente, cuya titularidad corresponde al Estado y está clasificada como Autovía a partir del P.K. 3+710, según documento aportado a las presentes actuaciones, suscrito por la Jefa de la Demarcación del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, sin que haya existido cesión alguna al Ayuntamiento de Madrid, ni tampoco se acredita por la Administración demandada que el tramo señalado en la denuncia esté calificado en el planeamiento como tramo urbano aprobado por el Ministerio de Fomento, de conformidad con lo previsto en el, artículo 47 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.”
Por ello AEA ha vuelto pedir al alcalde de Madrid, señor Martínez Almeida, que paralice el cobro de estas multas de dudosa legalidad y recomienda a todos los automovilistas afectados que las recurran y agoten todas las posibilidades de defensa, en previsión de que el Ayuntamiento de Madrid luego no quiera devolver los importes pagados.
Desde septiembre de 2021 hasta octubre de 2024, según datos obtenidos del portal de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, el consistorio madrileño ha impuesto 2.284.320 multas, por un valor económico de más de 435 millones de euros. Multas que, según AEA, deben ser anuladas y devuelto su importe de aquellas que ya se hubieran cobrado.
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