Orgullo
Madrid: anulada la sentencia que impedía colgar banderas LGTBI a los grupos políticos
El TSJM rechaza la medida cautelarísima presentada en su día por Vox
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado la sentencia que estimó la medida cautelarísima presentada por el portavoz de Vox en el Consistorio, Javier Ortega Smith, que dictaminó la retirada provisional de las pancartas/banderas LGTBI en el Edificio de Grupos Municipales, situado en el número 71 de la calle Mayor. En un auto, al que tuvo acceso Europa Press, los magistrados revocan y dejan sin efecto la última sentencia e inadmiten el recurso contencioso-administrativo de Vox por ser extemporáneo, es decir, por presentarse fuera del plazo establecido en el artículo 46.3 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
En consecuencia, el TSJM estima ambos recursos de apelación, con la consiguiente revocación de la sentencia apelada, lo que les exime de entrar "a conocer del resto de las alegaciones formuladas". No hay imposición de costas.
Fue en julio de 2022 cuando el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 18 de Madrid estimó la medida cautelarísima presentada por Ortega Smith, acordando la retirada provisional de las pancartas/banderas LGTBI en el Edificio de Grupos. La medida, interpuesta contra el Ayuntamiento de Madrid, se mantiene mientras no se dicte sentencia firme que ponga fin al proceso y sin que esta decisión suponga prejuzgar el fondo del asunto, recoge el texto judicial. El Consistorio tuvo que retirar las banderas LGTBI de los balcones de Más Madrid y PSOE.
La semana pasada, Más Madrid desplegó una pancarta en la calle Mayor con el lema 'Madrid, el orgullo por bandera', en virtud de la sentencia del Tribunal Supremo (TS), que avaló que se coloque la bandera LGBTI con motivo de la celebración del día del orgullo gay los 28 de junio en edificios públicos al considerar que "ni es un signo o símbolo de significación partidista y tampoco propugna enfrentamiento alguno".