Universidad

El Tribunal Supremo anula la norma que impedía a los profesores universitarios a tiempo parcial cobrar sexenios de investigación

El Alto Tribunal afirma que no existen diferencias objetivas y razonables entre los docentes a tiempo completo y parcial que justifiquen este trato desigual

El Supremo anula la norma que excluía a los profesores universitarios en Madrid de recibir complemento por investigación
El Supremo anula la norma que excluía a los profesores universitarios en Madrid de recibir complemento por investigaciónEuropa Press

El Tribunal Supremo ha declarado nulo el artículo 5.2 del Real Decreto 1086/1989, que excluía a los profesores universitarios con contrato a tiempo parcial del derecho a percibir el complemento de productividad por méritos de investigación, conocidos como sexenios. La sentencia, notificada el pasado 13 de junio, pone fin a años de litigio y sienta un importante precedente en favor de la igualdad retributiva en la universidad pública.

El fallo desestima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2022, que ya había considerado discriminatoria esta exclusión. En su resolución, el Supremo concluye que no existen diferencias objetivas y razonables entre los docentes a tiempo completo y parcial que justifiquen este trato desigual, vulnerando así el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución.

La sentencia reconoce el derecho de los profesores a tiempo parcial a percibir el complemento de investigación siempre que su mérito haya sido reconocido, así como a reclamar los pagos con carácter retroactivo hasta un máximo de cuatro años desde que presentaran la solicitud ante su universidad.

El caso ha sido impulsado por el abogado Ibor Fernandes Romero, del despacho STATERA LEGAL, que lleva años denunciando este tipo de discriminaciones ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Este pronunciamiento judicial se suma a otros éxitos del mismo bufete, que ya había conseguido que los tribunales reconocieran también el derecho del profesorado a tiempo parcial a cobrar otros complementos, como los quinquenios por méritos docentes o, en algunos casos, el complemento autonómico.