DGT
Estas son las infracciones menos conocidas por las que la DGT puede multarte
la Dirección General de Tráfico puede sancionar conductas poco comunes para los conductores
La conducción segura reduce el riesgo de accidentes que pueden causar lesiones graves o incluso la muerte, tanto para el conductor como para los pasajeros y otros usuarios de la carretera. Conducir de manera imprudente o negligente puede resultar en multas, sanciones legales e incluso la pérdida de la licencia de conducir. Es importante seguir todas las regulaciones de tráfico para evitar consecuencias legales.
Todos los conductores son conscientes de las infracciones más conocidas y comunes que se pueden cometer al volante. Sobrepasar el límite de velocidad, superar la tasa de alcohol o utilizar el teléfono móvil son algunas de las más impuestas en España, sin embargo, la Dirección General de Tráfico puede sancionar muchas otras conductas y algunas de ellas no son especialmente conocidas.
Dos multas extrañas y poco conocidas por los conductores
Entre las multas más curiosas y menos conocidas por los conductores se encuentran la de acariciar a un acompañante o discutir con él, así como iniciar la marcha de una manera brusca. Esto podría suponer una multa económica que oscilaría entre los 30 y los 600 euros, dependiendo de la gravedad y la legislación local del lugar en el que se cometa la infracción.
Otra sanción poco conocida es la de apoyar el codo en la ventanilla. Esta simple acción puede considerarse una distracción o una violación de las normas de conducción segura.
También se sanciona con 200 euros al conductor que circule con un vehículo cuya matrícula presente obstáculos que impidan o dificulten su lectura e identificación, por ejemplo, por llevarla manchada de barro de manera que no pueda leerse.
Y por último mencionar que hacer un uso indebido del claxon también puede ser motivo de sanción. Para este caso correspondería una multa de un máximo de 100 euros.
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