Médicos

El SMS indemnizará a una familia por la muerte de un hombre que se cayó de la cama

El ingreso se produjo el seis de octubre de 2014, al presentar el enfermo un problema digestivo.

El hospital Virgen de la Arixaca
El hospital Virgen de la Arixacalarazon

El Servicio Murciano de Salud (SMS) y la aseguradora Mapfre han sido condenados a pagar 75.300 euros a la viuda y tres hijos de un paciente de 78 años que falleció en el hospital Virgen de la Arrixaca pocos días después de caerse de la cama al fallar el mecanismo de seguridad de la barandilla y sufrir graves lesiones en la cabeza.

Así lo dispone la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM), que señala que el enfermo sufrió un daño antijurídico que no estaba obligado a soportar.

Comenta la Sala que se ha demostrado que el sistema de anclaje de la barandilla no funcionó correctamente, por lo que quedó abatida y facilitó la caída del enfermo, lo que le produciría un traumatismo en la cabeza y una hemorragia cerebral severa, que produjeron su fallecimiento doce días después.

Señala así mismo la sentencia que el sistema de funcionamiento de la barandilla debe permitir no solo soportar el peso de los pacientes, sino, también, su estado de agitación y demás circunstancias de los mismos.

Afirma el TSJRM que tras este accidente fueron colocadas unas vendas para sujetarla fuertemente, ¿lo cual demuestra que el sistema de seguridad podía volver a fallar¿.

La Sala rechaza, por no estar contrastada con datos objetivos, que personas ajenas al personal sanitario, como los familiares del paciente, hubieran podido manipular el cierre de la barandilla, hipótesis que califica de ¿remota¿.

También descarta que el cierre hubiera podido ser manipulado por el propio enfermo, ya que se cayó por el lateral derecho y le faltaba la pierna de ese mismo lado, que le había sido amputada con anterioridad a estos hechos.

Frente a la indemnización reclamada por sus familiares, que la elevaban a 188.370 euros, la Sala considera más ajustada a Derecho la de 75.300 al tener en cuenta la edad del fallecido, su estado físico y el deterioro neurológico que presentaba a su ingreso en el hospital.

El ingreso se produjo el seis de octubre de 2014, al presentar el enfermo un problema digestivo.

EFE