Prestaciones

El SEPE suspende la prestación por desempleo al tener un hijo y la Seguridad Social asume el ingreso correspondiente al permiso de nacimiento

La llegada de un hijo mientras se cobra el paro supone la suspensión de la prestación contributiva. El permiso por nacimiento toma el relevo durante 19 semanas, una sustitución con importantes matices que no afecta a todos los subsidios

Dos personas entran a una oficina del SEPE, a 4 de junio de 2024, en Villalba, Madrid.
La responsabilidad del pago pasará del SEPE al INSSMarta Fernández JaraEuropa Press

El sistema de protección social español garantiza que el nacimiento de un hijo no perjudique económicamente a quienes se encuentran en paro. Lejos de suponer una pérdida de derechos, la llegada de un nuevo miembro a la familia activa un mecanismo que suspende temporalmente la prestación por desempleo para dar paso a otra ayuda específica, a menudo más ventajosa para el bolsillo.

De hecho, durante las 19 semanas que dura el permiso, la responsabilidad del pago pasa del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El nuevo subsidio asciende al 100 % de la base reguladora, una cantidad que, por lo general, supera la que se venía percibiendo por el paro, asegurando así un colchón económico en un momento vital clave.

En este sentido, la ley contempla un primer tramo del permiso que es ineludible. Las seis primeras semanas son obligatorias e ininterrumpidas tras el parto, y deben disfrutarse a jornada completa. Este periodo está pensado para garantizar una dedicación exclusiva al cuidado del recién nacido antes de poder optar por otras modalidades para el resto del permiso.

El regreso a la prestación por desempleo tras la baja

Una vez finalizado el permiso, el sistema garantiza que el trabajador recupere el paro restante sin menoscabo alguno. La prestación por desempleo se reanuda exactamente en el mismo punto en el que se detuvo 19 semanas antes, conservando tanto los días de cobro pendientes como la cuantía original que se tenía reconocida.

Sin embargo, el procedimiento cambia radicalmente para quienes perciben un subsidio no contributivo, como la conocida ayuda para mayores de 52 años. En estos supuestos, la ley considera ambas prestaciones compatibles, por lo que el cobro del subsidio por desempleo no se interrumpe en ningún momento y se percibe de forma simultánea a la ayuda por nacimiento, sin necesidad de realizar trámites adicionales.

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