Política

El contorsionismo jurídico de Llop

«Creía que los recursos se ganaban o perdían en función de su fundamentación jurídica»

En general espero un cierto rigor de los miembros del gabinete que son juristas. Me refiero a los que han acreditado esta condición en su trayectoria profesional. Es verdad que el partidismo puede abducirles hasta el extremo de aparcar su formación para dar paso a un descarnado partidismo. Hasta ese momento escucho con interés sus opiniones, porque siempre es posible aprender. El Derecho es muy amplio e incluso, me atrevo a decir, inabarcable. Es una ciencia llena de matices, recovecos y novedades. Nunca se sabe todo. Por ello, los que alardean de ser «genios» no son más que necios pretenciosos. La magistrada Pilar Llop es una de las juristas que forman parte del consejo de ministros. La tengo por una persona seria y rigurosa. Considera que Ayuso tendrá que hacer muchas «contorsiones jurídicas» si quiere ganar el recurso ante el Constitucional. Si Llop fuera de Podemos no hubiera otorgado ninguna relevancia a esta afirmación, porque les gusta chapotear en la ignorancia y dicen cosas muy extrañas que están faltas de consistencia. En cambio, despertó mi interés. Hasta ese momento creía que los recursos se ganaban o perdían en función de su fundamentación jurídica. No existe en la LOTC la figura jurídica de las «contorsiones» y que por tanto debiliten o minusvaloren la inconstitucionalidad.

Este dilema hizo que no me quedara otro remedio que acudir a los apuntes de mis clases, los manuales de Derecho Constitucional y Administrativo e incluso a los materiales que se utilizan en las oposiciones para juez o fiscal, en este caso de la Editorial Carpieri que no sé si son los que utilizó Llop para aprobar la oposición. Hasta el momento no he encontrado ninguna referencia a esta peculiar teoría. Esto hizo que buscara en el Derecho Histórico. No aparece este término en los libros de mi buen amigo Antonio Fernández de Buján, el mejor experto en Derecho Público y Privado Romano (Civitas). He seguido con la Historia del Derecho Español y no aparece en las obras de maestros como García Gallo, Escudero o Tomás y Valiente. No está en el Escriche, Alcubilla, la Enciclopedia Jurídica Española de Seix o el Diccionario del Español Jurídico (RAE y el CGPJ). No me ha dado tiempo de acudir al derecho comparado e igual forma parte del acervo de los países donde impera el populismo.