Multas
Circular en bicicleta por la acera: una práctica común, peligrosa y que te puede costar muy cara
El conocimiento de este tipo de normas es esencial para prevenir situaciones que puedan comprometer la seguridad de todos los usuarios de la vía
En España, estamos presenciando una transformación significativa en las tendencias de movilidad urbana. Cada vez más personas optan por las bicicletas y por los patinetes eléctricos como su medio de transporte predilecto para moverse por la ciudad. Este cambio se debe en gran medida, a la creciente concienciación por los problemas ambientales, pero también se debe a la expansión del carril bici, así como al creciente interés en un estilo de vida activo y saludable.
Sin embargo, esta creciente popularidad de los vehículos de movilidad personal también ha planteado una serie de desafíos en términos de seguridad vial y convivencia en el espacio público. Y es vital que los usuarios de estos vehículos de movilidad personal, que no requieren licencia, conozcan las normativas de la Dirección General de Tráfico. Este conocimiento es esencial para prevenir situaciones que puedan comprometer su seguridad y la de otros usuarios de la vía.
Uno de los comportamientos más comunes de los ciclistas y de los usuarios de patinetes eléctricos que es -a la vez- de los más peligrosos para los peatones, es el de circular por las aceras. En la mayoría de los casos, los accidentes que se dan a raíz de este hábito, que suelen ser choques con los peatones, suelen ser accidentes leves y sin heridos. Sin embargo, cuando se trata de personas mayores o niños, la situación sí que puede volverse mucho más peligroso y las consecuencias de una potencial colisión pueden ser mucho más graves.
Es por este motivo que resulta apropiado recordar a todos los ciclistas y usuarios de patinetes, así como de otros vehículos de movilidad personal, que conducir por la acera no está permitido, en ningún caso.
¿Cuál es la multa?
De acuerdo con la normativa española, los vehículos de movilidad personal, entre los que se encuentran los patinetes y las bicicletas, son considerados vehículos a todos los efectos. Por lo que no pueden circular por las aceras, que son un espacio exclusivo para los desplazamientos a pie. Concretamente, el artículo 121 del Reglamento General de Circulación, "la circulación de cualquier vehículo no se puede efectuar por las aceras y otras áreas peatonales". La multa por contravenir esta norma es de 200 euros.
Además de todo lo anterior, recuerda también que para circular con seguridad por la ciudad, es importante utilizar un timbre, luces y reflectantes, y un casco. No se debe circular por el carril bus a menos que esté expresamente permitido, ni usar el móvil o auriculares. Es crucial mantener la bicicleta en buen estado, especialmente los frenos, y seguir las normas de circulación. También se recomienda considerar un seguro de Responsabilidad Civil y tener precaución en condiciones de tráfico intenso o lluvia.
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