CE

Los conductores europeos que viven en España deberán renovar el carné

A partir del 19 de enero, dos millones de comunitarios que viven en nuestro país tendrán que pasar el test psicotécnico y pagar las tasas cada diez años

A partir de que el conductor cumpla los 65 años, la prueba se realizará cada cinco años
A partir de que el conductor cumpla los 65 años, la prueba se realizará cada cinco añoslarazon

A partir del nuevo año, Tráfico tendrá más control sobre los conductores comunitarios que viven en España, que deberán renovar el carné cada 10 años, hasta que cumplan los 65, y cada 5 a partir de esta edad, como hace cualquier español. A partir del 19 de enero, entra en vigor una nueva norma sobre la renovación del carné de conducir que supone un paso más hacia la armonización de los permisos. Se trata de la directiva comunitaria 2006/126/CE de aplicación en la Europa de los 27, que obligará a renovar su carné de conducir a dos millones de ciudadanos comunitarios residentes en España, según las previsiones de Automovilistas Europeos Asociados (AEA). Hasta ahora ocurría que los belgas, alemanes, franceses, austriacos y noruegos, por ejemplo, que residían en España, tenían permisos con validez de por vida porque en sus países de origen así estaba establecido. Al llegar a España, ninguno de ellos tenía la obligación de canjearlo ni de inscribirlo en la Dirección General de Tráfico. El canje era sólo un trámite voluntario. España quiso cambiar de alguna forma esta situación en el reglamento anterior a 2009 estableciendo la obligación para los ciudadanos comunitarios de que inscribieran el carné a los seis meses de residir en el país. La exigencia tuvo que retirarse después de que los tribunales europeos condenasen a España por esta legislación. Hubo que corregir la situación en 2009 con un real decreto (RD818/2009 de 9 de mayo) por el que se aprueba el reglamento de conductores y con el que se obliga a los extranjeros con un permiso de duración ilimitada a renovarlo presentando sólo un certificado de aptitud psicofísica una vez transcurridos dos años desde que establece su residencia habitual en España.

A partir del 19 de enero, la nueva directiva obligará a los ciudadanos comunitarios a renovar sus carnés de conducir y a adaptarse al mismo periodo de renovación que cualquier conductor español a partir de los dos años siguientes a la fecha en la que el titular establece la residencia habitual en el país. Es decir, un belga que se instale en España el 1 de marzo de 2013 tendrá que renovar su permiso el 1 de marzo de 2015, explica Automovilistas Europeos Asociados. Así, las renovaciones tendrán que hacerse por diez o por cinco años, dependiendo de la edad. En la misma situación se verá cualquier español que se instale en otro país europeo, ya que la norma es de aplicación en toda Europa.

Otra opción es el canje voluntario por un carné español, para lo cual no es necesario pasar por ningún reconocimiento médico.

AEA estima que cada año se canjean en España de manera voluntaria cerca de 40.0000 permisos de conducir comunitarios. A 30 de septiembre de 2012 había cesados como residentes comunitarios 2.196.47 ciudadanos de la UE, de los que 1.999.603 son mayores de 16 años. De ahí que AEA calcule que la nuevas medidas afectarán aproximadamente a dos millones de conductores europeos que han fijado su residencia en España.