Sentencia

TVE condenada a pagar 10.000 euros por hablar de la vida sexual de una vecina de Salamanca

“La mañana” emitió en 2017 un reportaje sobre una salmantina que quería denunciar a otra inquilina

Reportaje de TVE sobre los ruidos de la vecina
Reportaje de TVE sobre los ruidos de la vecinaRTVETVE

Varapalo judicial a Televisión Española por un reportaje que data de 2017. El programa “La Mañana” de la cadena pública emitió un testimonio de 10 minutos en el que una vecina de Salamanca quería denunciar públicamente a una inquilina de una vivienda que había sido multada por los ruidos que hacía durante sus relaciones sexuales. Ahora la Audiencia Provincial ha condenado a Televisión Española y a la denunciante a indemnizar a la denunciada con 10.000 euros por lesionar su honor, según informa “La Gaceta de Salamanca”.

El caso comienza en 2017, mes de marzo, cuando el programa, entonces presentado por María Casado, hacía una conexión con una reportera que hablaba con una vecina salmantina que había demandado a una chica de la ciudad por superar los decibelios que permitía la Ley. Durante el reportaje, la periodista destacaba que “los vecinos llevan meses sin dormir” y prometía que “enseguida nos cuentan lo que escuchan cada noche”. EL adelanto emitía unas imágenes de la denunciante, María Jesús, relataba que “se tira todo el día y toda la noche ‘chichi, chiqui’.

Según el diario salmantino la sentencia recoge que “el ruido provenía de la cama de la vecina de arriba” y lo que hacía “provocaba que cayeran cosas de la estantería de la denunciante”. Además matiza que se desvelaban “aspectos privados” que ““carecen de trascendencia y de proyección pública”. En el reportaje la vecina daba detalles como “la fogosidad que se vive en el piso de arriba” e incluso mostraba a cámara grietas en su casa que achacaba a “los meneos que pegan” los denunciados.

El Tribunal ha estimado parcialmente el recurso de la demandante, que solicitaba una indemnización de 20.000 euros por daños morales, puesto que el Juzgado de Primera Instancia desestimó la demanda, `porque el programa se amparaba en el derecho a la libertad de expresión y de información, pero la Audiencia Provincial consideró que “prevalece el derecho a la intimidad de la demandante” porque el reportaje “no se refiere en absoluto” a asuntos de interés general o relevancia pública. La lesión en el honor de la vecina de arriba radica en que en el reportaje, aunque en ningún momento se da su nombre, sí que aparecía el barrio en el que vivía y el número del portal, y las tiendas de alrededor.

La Audiencia también destacó que aquellos ruidos que se hacen en cada casa, es cierto que pueden molestar a los vecinos, pero se enmarcan en “la vida privada de las personas” y carecen de “la relevancia pública” que podrían justificar desvelarlos en un medio de comunicación. Curiosamente la sentencia también destaca el cierto “morbo” que pudiese motivar la información y que lejos de los ruidos en sí, habrían sido desvelados por la alusión “de las causas de esos ruidos, referencia a la promiscua y fogosa vida sexual de la demandante”.

La Sala aclara que “los ruidos que una persona haga en su casa” pueden molestar a otros vecinos, pero “esos comportamientos pertenecen a la vida privada de las personas, de modo que, carecen de la necesaria relevancia pública como para llevar a cabo su publicación en un medio de comunicación”. “A no ser que se quiera aprovechar el morbo que pueda tener la alusión más o menos explícita y más o menos directa o indirecta, pero en todo caso, alusión que se hace de las causas de esos ruidos, en referencia a la promiscua y fogosa vida sexual de la demandante”, añade la sentencia, remitida a la prensa a través de un comunicado. Incluso “en dicho reportaje se pregunta por la eventualidad de la posible práctica de la prostitución en el referido domicilio de la vecina”.

Según relata la sentencia, en el reportaje aparece una mujer quejándose de la imposibilidad de dormir por la “fogosidad” de su vecina de arriba y que, según ella, ha provocado grietas en las paredes, vibraciones del radiador y fotos que se caen de las estanterías. Esta mujer “da detalles” de las expresiones que escucha “hasta el punto de que [el presentador] recuerda a la periodista que están en horario infantil”. “En dicho reportaje se pregunta por la eventualidad de la posible práctica de la prostitución en el referido domicilio de la vecina”, agrega el Juzgado.