Coronavirus

Unos 176.000 autónomos andaluces perciben la prestación extraordinaria por cese de actividad

En total se han presentado 192.154 solicitudes en la comunidad, lo que representa el 19,45% del total nacional, siendo la región donde más se han registrado

El Gobierno lanza una línea de ayudas de cuatro millones para 14.000 autónomos
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Unos 175.711 autónomos en Andalucía van a percibir este viernes la prestación extraordinaria por cese de actividad, que conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tras la declaración del estado de alarma. En total, se han presentado en Andalucía 192.154, lo que representa el 19,45% del total nacional, siendo la comunidad donde se han registrado más solicitudes.

En España, 919.173 autónomos van a recibir una inyección de 670,9 millones de euros. Tienen acceso a esta prestación cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación caiga en el mes un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior.

En el caso de algunos colectivos como el régimen agrario, del mar, o de la cultura y el espectáculo, el periodo de cálculo se adapta a las peculiaridades de esos sectores, según ha informado la Delegación del Gobierno en Andalucía en una nota de prensa.

A fecha 15 de abril, 1.016.670 trabajadores por cuenta propia han solicitado esta prestación extraordinaria a las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social. Se han aprobado el 97,3% de las solicitudes tramitadas, mientras que la prestación tiene una cuantía del 70% de la base reguladora, es decir, un mínimo de 661 euros en el caso de los que cotizan por la base mínima.

Para solicitarla no se exige periodo mínimo de cotización, sólo es necesario estar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y hallarse al corriente de pago de las cotizaciones sociales. Además, es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo, como por ejemplo, orfandad o viudedad, y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

Tras Andalucía, Cataluña representa el 15,35% de las solicitudes registradas; Comunidad Valenciana, el 12,85%, y Madrid, 12,42%. En términos absolutos, Andalucía también se sitúa en primer lugar con 192.154 solicitudes; en Cataluña, 151.633; y en la Comunidad Valenciana, 126.879. En los datos desagregados por regiones hay un desajuste temporal respecto a las cifras totales, por el eso la suma total es más baja.

Por sectores, el mayor número de peticiones se ha concentrado en el sector comercio, con 123.883 peticiones, mientras que le siguen hostelería (112.854) y construcción (68.560).

A los autónomos que, bien se les haya concedido la ayuda después de realizar el trámite administrativo del pago de esta primera mensualidad o la hayan solicitado después del día 17 y paguen la cuota de abril, se les devolverá de oficio por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de que sea concedida. La ayuda, que tendrá duración de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma, busca proteger la falta de ingresos de los autónomos en esta situación excepcional y contribuir a la supervivencia de su negocio.

Podrán participar en cualquier programa formativo

De otro lado, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ha adoptado medidas extraordinarias en el ámbito de la formación profesional para el empleo ante la crisis sanitaria originada por el coronavirus. Ésta amplía los destinatarios de la formación y establece que podrán participar “en cualquier programa" formativo los colectivos más afectados por la situación de emergencia sanitaria: trabajadores despedidos por un ERE, trabajadores con contratos suspendidos por un ERTE, trabajadores autónomos y trabajadores de la economía social.

Asimismo, regula las variaciones de la impartición en modalidad presencial derivadas de la declaración del Estado de alarma, con el uso del “aula virtual”; amplía el tipo de entidades que pueden impartir este tipo de formación y eleva hasta un máximo del 40% el porcentaje de participación de desempleados en los programas de formación.