"Caso ERE"

La defensa de Barberá le ve como “intruso” en el juicio de Acyco por el ‘non bis in idem’ y falta de pruebas

Avisa de la “notable ausencia de pruebas” en su contra y recuerda la “notoria y reiterada doctrina” de la Sección Séptima de la Audiencia

El ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá, a su salida de los juzgados de Sevilla
El ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá, a su salida de los juzgados de SevillaRaul CaroEFE

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha continuado este miércoles con la fase de informes de las partes del juicio relativo a las subvenciones autonómicas concedidas a la empresa de Dos Hermanas (Sevilla) Aceitunas y Conservas (Acyco), una pieza separada de la macro causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares o innecesarios y las ayudas directas y sin publicidad, con cargo a los presupuestos de la Junta de Andalucía.

Durante la sesión ha presentado su informe el abogado defensor del ex viceconsejero socialista de Empleo Agustín Barberá, quien como hiciera Alfonso Martínez del Hoyo, abogado defensor del exconsejero de Empleo Antonio Fernández, ha lamentado la decisión del tribunal de no acceder a la petición de excluir del juicio a los ex altos cargos de la Junta de Andalucía ya juzgados por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla por el denominado como “procedimiento específico” mediante el cual eran financiadas las subvenciones para los ERE o para las empresas.

Fruto de aquel juicio, Antonio Fernández fue condenado a siete años, once meses y un día de cárcel por un delito continuado de malversación y a 19 años, seis meses y un día de inhabilitación especial por un delito continuado de prevaricación; mientras Barberá resultó condenado a siete años de cárcel y 18 años de inhabilitación especial por tales aspectos.

Aunque las defensas de los ex altos cargos de la Junta afectados por dicha causa judicial y enjuiciados por las ayudas a Acyco esgrimían el principio ‘non bis in idem’, que impide que un mismo hecho resulte sancionado más de una vez, y el criterio marcado en ese sentido por la Sección Séptima de la Audiencia respecto a las piezas separadas de los ERE; la Sección Tercera resolvió que los hechos juzgados sobre Acyco “no han sido objeto de enjuiciamiento en el denominado procedimiento específico” juzgado por la Sección Primera con la sentencia ya descrita.

EL CRITERIO DE LA SECCIÓN SÉPTIMA

En ese sentido, el letrado defensor de Barberá, Pedro Apalategui, ha esgrimido la “notoria y reiterada doctrina” de la Sección Séptima de la Audiencia respecto a que enjuiciar en las piezas separadas de la trama de los ERE a personas ya juzgadas por la Sección Primera por el denominado como “procedimiento específico” de la trama constituiría “un ataque al principio” ‘non bis in idem’.

Aplaudiendo la “magnífica” exposición protagonizada en ese sentido el día previo por el abogado de Antonio Fernández, la defensa de Barberá ha esgrimido al igual que Martínez del Hoyo el reciente auto en el que la Sección Séptima excluye al propio ex viceconsejero de Empleo de la pieza relativa a las ayudas autonómicas a la empresa EDM Séneca, rememorando que en dicho auto, la Sección Séptima avisa de una “posible causa de nulidad” del juicio en el caso de fuese celebrada una vista contra Barberá por las ayudas a EDM.

En ese mismo sentido, ha avisado de que la Sección Cuarta de la Audiencia, ante dicho pronunciamiento de la Sección Séptima en la resolución de un recurso de apelación, ha sido “tajante” al excluir a Barberá de la mencionada pieza separada relativa a las ayudas a la empresa EDM.

Así, ha señalado “los muchos espacios en blanco” que arrastra el juicio correspondiente a las subvenciones autonómicas a Acyco, alertando de la “debilidad” del argumento sostenido por el tribunal de la Sección Tercera respecto a que el juicio de la Sección Primera sobre el “procedimiento específico” de la trama de los ERE se circunscribía al “concreto diseño” del mecanismo de financiación de los ERE y las ayudas directas a empresas, pues el hecho de que mediase una aprobación anual del mismo con los presupuestos de la Junta de Andalucía, a su entender, “no destierra cada una de las ayudas del procedimiento específico” ni “rebate” el hecho de que la Sección Primera juzgase presuntos delitos continuados.

APENAS MENCIONES “MARGINALES”

En paralelo, ha avisado de que aunque se achaque a Barberá un supuesto “conocimiento o consentimiento” de los hechos enjuiciados con relación a las ayudas concedidas a Acyco, pesa una “notable ausencia de pruebas”, pues durante la celebración de la vista oral las menciones al ex viceconsejero han sido “marginales” o “genéricas”.

Así, el abogado defensor de Barberá ha manifestado que las acusaciones contra Barberá derivan de meras “conjeturas y especulaciones” y la presuposición de que en los hechos habrían participado personas “por encima de la escala de los directores generales” en la estructura jerárquica de la Consejería de Empleo.

Y mientras una parte de los hechos investigados trata la inclusión de dos personas ajenas a Acyco como beneficiarias de una de las pólizas de rentas sufragadas por la Junta de Andalucía para el ERE promovido en 2003 por Acyco, -los denominados ‘intrusos’, uno de ellos acusado en este juicio y otro ya fallecido-, la defensa de Barberá ha alertado, metafóricamente, de que el ex viceconsejero sería un “intruso” pero con relación al juicio, porque en los escritos de acusación apenas se le menciona “ni nominalmente”, lo que le ha llevado a reclamar su absolución.