Decisión

El TSJA inadmite la recusación a una magistrada por un pleito del Algarrobico

La Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal andaluz considera que está "fuera de plazo"

Vista del hotel El Algarrobico, ubicado en Carboneras, Almería
Vista del hotel El Algarrobico, ubicado en Carboneras, Almeríalarazon

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha inadmitido por estar "fuera de plazo" el incidente de recusación impulsado por Salvemos Mojácar contra la magistrada-ponente encargada de resolver la ejecución de la sentencia que obliga al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) a desclasificar el Algarrobico como urbanizable una vez que se ha dado por concluida la instrucción.

Salvemos Mojácar presentó incidente de recusación contra la magistrada por actuar "junto al abogado del Ayuntamiento" de Carboneras, exmagistrado del TSJA en excedencia, en el dictado de una sentencia en 2014 "opuesta" a los intereses del colectivo. A tenor del recurso, la sala suspendió la tramitación de la ejecución del fallo que obliga a calificar el Algarrobico como "espacio de especial protección".

En su auto, consultado por Europa Press y del que ha sido ponente la magistrada Beatriz Galindo, el alto tribunal andaluz rechaza por su "extemporaneidad" el recurso impulsado por la asociación conservacionista al entender que se ha presentado fuera de los plazos contemplados para proponer la recusación. En este sentido, cita hasta tres resoluciones dictadas entre 2022 y 2023 en las que la magistrada actúa como ponente y que fueron notificadas a los recusantes.

Asimismo, incide en que la entidad conoce la participación del exmagistrado como abogado del Ayuntamiento de Carboneras en base a un procedimiento de ejecución "desde el 16 de febrero de 2023", toda vez que la propuesta de recusación se interpuso el 29 de mayo, esto es, más de tres meses después y, por tanto, fuera del plazo de diez días desde la notificación de la primera resolución por la que se conozca la identidad del juez o magistrado a recusar.

Con ello, la Sala archiva el incidente de recusación sin entrar a examinar los motivos alegados por la asociación al no presentarse en los plazos establecidos, tal y como además alegaba el Ayuntamiento de Carboneras, si bien reconoce que formalmente el escrito de recusación cumple lo determinado "en cuanto a la cita formal" de las causas de recusación alegadas.

Durante la fase de instrucción de la pieza separada también se opuso a la recusación tanto la Fiscalía, para la que no se argumentó "adecuadamente la concurrencia de un interés" por parte de la magistrada, como la misma recusada, quien alegó no tener "interés directo ni indirecto" en el pleito así como haber tenido "conocimiento" de los "litigios" en torno al hotel de Azata "únicamente" en su "condición de magistrada".

En su petición, Salvamos Mojácar solicitaba el nombramiento de un nuevo magistrado ponente para ejecutar el fallo que obliga al Ayuntamiento de Carboneras a desclasificar el Algarrobico como urbanizable con el argumento de que la magistrada participó en la sentencia de la misma sala que, en 2014, estimó un recurso de la promotora del hotel para concluir que el suelo era zona 'D' o área urbanizable de acuerdo al Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata-Níjar.

La asociación sostenía que la citada sentencia es "opuesta" a la que ahora está ejecutando como ponente y que califica El Algarrobico como no urbanizable dado su valor medioambiental, por lo que considera que su presencia supondría "vulnerar" su "derecho constitucional a una tutela judicial efectiva".

Apuntaba, asimismo, como causa de recusación que la magistrada "tiene un interés directo e indirecto en el pleito" ya que en su día acordó que "los terrenos eran urbanizables" y dictó una sentencia "contraria" a sus "intereses". Concluía de este modo que ya tenía un previo "conocimiento del objeto del pleito" que ahora está ejecutando como ponente y que, por tanto, "se había formado un criterio muy concreto".

Por su parte, la magistrada señalada por el incidente aseguró que "no ha resuelto" en "anterior instancia" el pleito al que se refiere la ejecutoria por la que está apercibido de multa el exalcalde José Luis Amérigo y remarca que no ha "participado en el asunto" objeto del pleito, "ni en otro relacionado" con el mismo.

Añadía en esta línea y en contra de lo que mantuvo Salvemos Mojácar, que "en modo alguno" se ha formado "criterio" sobre el asunto "en detrimento de la debida imparcialidad".

CGPJ rechazó una queja en el mismo sentido

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya remitió en abril una queja, en este caso de Ecologistas en Acción, por "inacción" respecto a la ejecución de las sentencias firmes sobre El Algarrobico al TSJA, aunque rechazó la adopción de medidas ya que afectarían a la "función jurisdiccional" de los magistrados en sus "decisiones procesales".

El CGPJ limitó su actuación a "poner en conocimiento" de ambos tribunales la queja y declinó pronunciarse sobre las referencias del colectivo ecologista a la "contratación" por parte del Ayuntamiento de Carboneras para "su defensa" de un exmagistrado del TSJA en excedencia que fue el que "intervino" en un fallo favorable al hotel de Azata.

Los últimos hitos en la ejecución de una de las sentencias referentes al hotel de Azata es que Greenpeace ha advertido al TSJA de que la declasificación del suelo que se aprobó en el pleno de Carboneras el pasado 26 de abril "es nula", mientras que la sala dio un ultimátum al alcalde bajo el apercibimiento de multas coercitivas de 700 euros cada 20 días y denuncia al Ministerio Fiscal por un presunto delito de desobediencia, si bien los primeros avisos se remontan a julio de 2022.