La reacción
La Fiscalía considera que acusar a la Policía de "racismo institucional, de violencia policial y de represión" no es "libertad de expresión"
Un diputado pide amparo al Parlamento andaluz ante querella por injurias tras la muerte de un vendedor ambulante en Sevilla
El portavoz del Grupo Mixto-Adelante Andalucía, José Ignacio García, le ha pedido este lunes formalmente amparo al presidente del Parlamento, Jesús Aguirre, después de que de la Fiscalía Superior de Andalucía le haya interpuesto una querella por un delito de injurias contra los Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) en un escrito de 17 páginas que rubrican conjuntamente la fiscal superior, Ana María Tárrago, y el teniente fiscal, José Rogelio Muñoz Oya.
Adelante ha recordado que esa imputación descansa por las declaraciones que hizo José Ignacio García el 2 de enero de este año por la muerte del mantero senegalés Mahmoud Bakhum y exigió la apertura de una investigación después de criticar la actuación policial y el racismo institucional, según una nota de este partido.
Este partido, que ha remarcado que esas declaraciones de su portavoz se produjeron en el ejercicio de sus funciones como parlamentario autonómico, así de portavoz de este partido.
Ha invocado el amparo del presidente de la Cámara autonómica al sostener que tanto el Reglamento del Parlamento, del que ha recordado que tiene carácter de ley, como el propio Estatuto de Autonomía de Andalucía "obligan al presidente a amparar a todos los diputados cuando determinadas situaciones interfieran en el ejercicio de las funciones como diputado del Parlamento y eso está pasando".
Adelante ha señalado que el presidente del Parlamento ha mostrado toda su disponibilidad para mantener una reunión y que será una situación que se aborde con el conjunto de los grupos parlamentarios con el argumento de que se trata de "un ataque a todos".
Ha remarcado Adelante que "sería la primera vez en la historia del Parlamento y de todo el Estado que le imputan un delito a un diputado por dar su opinión, "un precedente muy peligroso", en palabras del propio José Ignacio García.
"Se me esta acusando de un delito simplemente por opinar, algo que forma parte del ejercicio de mis funciones como diputado del Parlamento; yo tengo la obligación, no solo el derecho, de valorar la actualidad, lo que está pasando en el mundo en Andalucía para así después legislar y poder llevar a cabo las actuaciones dentro del parlamento de Andalucía", ha expresado el portavoz.
Ha considerado García que esta imputación es una forma de delimitar el ejercicio de las funciones de un diputado y supondría un mal precedente que el sistema judicial pretenda limitar las funciones del poder legislativo.
Adelante Andalucía ha sostenido que hay un intento de "adulterar el mandato que los andaluces y andaluzas en las urnas" y se han mostrado preocupados por este precedente al esgrimir que "mañana podrían llegar Abogados Cristianos o Manos Limpias y encausar a cualquier diputado simplemente por opinar".
"Esto forma parte de una ola autoritaria de pérdida de derechos que costaron mucho trabajo conquistar", ha continuado argumentando en ese sentido.
FISCALÍA: "LIBERTAD DE EXPRESIÓN NO AMPARA HIPOTÉTICO DERECHO AL INSULTO"
En el escrito de la Fiscalía Superior, que sitúa en las Diligencias de Investigación Preprocesales nº5/2025, sostiene que el hecho de que José Ignacio García hablara de "racismo institucional, de violencia policial y de represión" y que todo se reducía a "34 camisetas es lo que tenía Mamouth, un chaval senegalés mantero, trabajador aquí en Sevilla, para que le persiguiera la Policía Local hasta la muerte", suponen expresiones que "analizadas objetivamente tienen la envergadura suficientemente ofensivas para comprometer la dignidad y el prestigio de un Cuerpo de Seguridad del Estado, llamado a desempeñar un relevante papel en la salvaguarda de los derechos fundamentales y las libertades públicas".
"La libertad de expresión no ampara un hipotético derecho al insulto, como hemos dicho y el discurso del exceso verbal punible no entra en la pretendida libertad de expresión, sino que entra en lo que podía denominarse como como libertinaje de expresión, que sí reúne los requisitos del tipo penal del artículo 504.2 del Código Penal y, por consiguiente, son constitutivos del delito mencionado".
Con esta argumentación la Fiscalía Superior de Andalucía acuerda "el archivo de las presentes diligencias de investigación penal, conforme al artículo 773.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) e interponer querella en los términos indicados".