Cambios normativos

La formalización en documento público de las donaciones inferiores a 5000 euros ya no será necesaria en Andalucí

La medida persigue «reducir la carga notarial y económica en donaciones de importe reducido"

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Dinero en efectivoPIXABAY (moerschy)

El Gobierno andaluz arrancó el curso político desgranando algunos aspectos del Presupuesto de 2026, en especial los relacionados a las deducciones fiscales. Durante semanas, anunciaron deducciones relacionadas con los gastos veterinarios por mascota; en la cuota del gimnasio; la elevación a 1.200 euros de la deducción por alquiler a menores de 35 y mayores de 65 años con hasta 25.000 euros de ingresos anuales; la deducción de hasta 100 euros en el IRPF para familias con personas celíacas; y la deducción fiscal de 200 euros por hijo a todas las familias, sin límite de renta, de manera que se eliminará el requisito actual de hasta 30.000 euros en una declaración de IRPF conjunta. Todas ellas, y algún matiz más, aparecen en el texto definitivo.

Con respecto a Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se incluye un pequeño matiz en la modalidad de donaciones. En concreto, se introduce una modificación en la regulación de la bonificación de la cuota tributaria aplicable a los Grupos I y II, con el fin de simplificar los requisitos formales: «solo será exigible la formalización en documento público cuando la base imponible de la donación supere los 5.000 euros, sin perjuicio de la obligación de presentar la correspondiente autoliquidación».

Esta medida persigue «reducir la carga notarial y económica en donaciones de importe reducido y se facilita el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales», señala.

En esta línea, se retoca el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modificándose la regulación del tipo reducido en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas para la adquisición de viviendas por profesionales inmobiliarios para su reventa. En este caso, se persigue «consolidar su finalidad de dinamizar el mercado y facilitar el acceso a la vivienda» por lo que «se reduce el plazo máximo para la transmisión y se establece un límite máximo para el valor del inmueble» y se «aclara expresamente en la norma la posibilidad, ya admitida doctrinalmente, de incluir los anejos que se adquieran conjuntamente con la vivienda».

En relación a la Tasa Fiscal sobre los Juegos de Suerte, Envite o Azar, figura impositiva que se suele modificar con asiduidad, «se eliminan las limitaciones administrativas para el cambio de local de determinados tipos de máquinas y se simplifica la regulación de la cuota trimestral reducida» que se aplica a determinados tipos de máquinas.

La letra pequeña de las deducciones ya anunciadas despeja algunas dudas. Las deducciones para celíacos se aplicarán «por cada miembro del núcleo familiar del contribuyente con diagnóstico de enfermedad celíaca, entendiéndose a estos efectos por núcleo familiar al propio contribuyente, su cónyuge o pareja inscrita en el registro correspondiente, así como a los ascendientes o descendientes que le den derecho a la aplicación de los mínimos por ascendientes o descendientes según la normativa estatal del impuesto».

Según anunció la Junta, el conjunto de deducciones fiscales supondrán 61,3 millones.