Conflicto político
El Gobierno recurre otra ley andaluza que apoyó el PSOE
Ambos ejecutivos negocian por la Ley de Función Pública. Un artículo del texto será modificado vía presupuestos por un «error»
El Gobierno de Pedro Sánchez ha puesto en duda de nuevo la constitucionalidad de varios artículos de otra ley aprobada por el Parlamento de Andalucía que contó incluso con el apoyo del Grupo Socialista. Se trata de la Ley de Función Pública que fue aprobada en el Pleno de la Cámara el pasado 31 de mayo con los votos del PP-A y el PSOE-A, y con el rechazo de Vox, Por Andalucía y Adelante Andalucía. Se trata de un caso similar a la Ley de Economía Circular, texto apoyado por los socialistas y que también está siendo negociado entre ambos Ejecutivos por dudas sobre la constitucionalidad del mismo.
Publicada el 14 de junio en el BOJA, su entrada en vigor al completo –según la disposición final quinta– no será efectiva hasta seis meses, es decir, el 14 de diciembre. De momento, las «discrepancias» se centran en nueve artículos –76, 79, 80, 101, 123, 130, 147, 151 y 152–, así como a las disposiciones adicionales quinta, vigesimotercera, vigesimoctava y trigésimo séptima. Básicamente, se refiere a cuestiones como las retribuciones en situación de permiso por maternidad o paternidad; el régimen de la Seguridad Social y derechos pasivos del personal funcionario; o las prestaciones por incapacidad temporal.
Las dudas también se centran en aspectos como la provisión del personal funcionario, sobre movilidad temporal y estructural o el relativo a la excedencia por cuidado de familiares.
Lo normal, como ha sucedido en otros proyectos legislativos como el decreto andaluz de revisión de precios, es que se alcance un acuerdo antes de interponer el recurso ante el Constitucional.
En cualquier caso, la Ley de Función pública sí va a ser modificada en un artículo que no tiene nada que ver con los recurridos por el Gobierno para subsanar un «error» en su aprobación. Así, el borrador del anteproyecto de ley de presupuestos incluye en su disposición final séptima la modificación del apartado 2 del artículo 17 de la Ley de la Función Pública de Andalucía.
En concreto, el texto –salvo que sea modificado antes de su aprobación– cambiará un aspecto sobre el personal eventual, es decir, aquél que realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial. En la ley se apunta que «en la Administración de la Junta de Andalucía podrán contar con personal eventual las personas titulares de la Presidencia, Vicepresidencia o Vicepresidencias, Consejerías e Instituciones estatutarias». El texto que está previsto modificar incluye también a «aquellas instituciones y entidades a las que se reconozca expresamente por ley autonomía e independencia funcional».
Según la disposición adicional segunda de la Ley de Administración de la Junta de Andalucía «tienen la consideración de Administración institucional, aquellas entidades públicas vinculadas con personalidad jurídica propia a las que se les reconozca expresamente por ley independencia funcional o un especial régimen de autonomía respecto de la Administración».
En esta categoría se incluyen el Consejo Audiovisual de Andalucía, el Consejo de Transparencia y Protección de Datos y la Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía. Fuentes de la Consejería de Justicia aseguran que esta modificación se debe a un «error» que solo afecta a un trabajador eventual del Consejo de Transparencia y al que con este cambio se le da cobertura legal.
Claves
►La Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio, el decreto de revisión de precios de obra pública o el de simplificación administrativa tuvieron que ser negociados.
►La ley de función pública se suma a la ley de Economía Circular, que también ha generado discrepancias.
►Ahora se abre un periodo de negociaciones para evitar que la ley acabe en el Tribunal Constitucional.
►Paralelamente, el Gobierno andaluz modificará la ley de Función Pública vía Ley de Presupuestos de 2024 para dar cobertura a eventuales en entidades a las que se reconozca por ley autonomía funcional.
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