Conflicto entre Andalucía y el Gobierno

Sin temor «a un 155» por Doñana

El Tribunal Constitucional atribuyó en 2004 la gestión de los parques nacionales a las autonomías

Regadíos en el entorno del Parque Nacional de Doñana
Regadíos en el entorno del Parque Nacional de DoñanaEP

El consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul y portavoz del Gobierno andaluz, Ramón Fernández-Pacheco apuntó ayer que «el Gobierno de España no tiene límites en su afán por atropellar a Andalucía» y que «el mismo día que Sánchez pacta leyes con ERC y Bildu –en relación a la ley de vivienda–, prepara una ofensiva contra los andaluces por ejercer nuestro autogobierno». Se refería así a la posibilidad de que el Ejecutivo central planteara una batalla legal para restar competencias a Andalucía con respecto a la gestión del Parque Nacional de Doñana.

La Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales señala en su artículo 13 la posibilidad de declarar un «estado de emergencia por catástrofe medioambiental». En concreto, el texto apunta que «previa consulta a la comunidad o comunidades autónomas (...) podrá declarar el estado de emergencia en dicho parque nacional, con el fin de impedir que se produzcan daños irreparables y siempre que estos no puedan evitarse mediante los mecanismos de coordinación ordinarios».

Detalla que «se entiende que hay emergencia por catástrofe medioambiental cuando exista peligro grave y cierto para la integridad y seguridad de los sistemas naturales de un parque nacional aunque no afectare a personas y bienes».

No sería la primera vez que el actual Gobierno de España airea públicamente un conflicto entre administraciones. Recientemente envió hasta dos requerimientos al Gobierno de Castilla y León por un supuesto protocolo antiabortista que motivó que el presidente regional, Alfonso Fernández Mañueco, lamentara la actitud del presidente del Gobierno por «combatir con inusitada dureza un conflicto irreal sobre una cuestión ficticia». En el caso de Doñana, lo único que se ha aprobado es la toma en consideración de una proposición de ley que tendrá ahora que ser debatida en el Parlamento y que puede ser enmendada durante su trámite. Por tanto, la situación legal de Doñana no cambia y la «amenaza ambiental» tampoco, toda vez que no se ha producido ningún cambio jurídico. Además, desde la Junta de Andalucía reiteran que, en todo caso, es una cuestión que afecta a la ordenación del territorio –declarar unos terrenos regables– y no a derechos de agua porque esto último es competencia estatal a través de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Hay que recordar que la sentencia del Tribunal Constitucional/2004, de 10 de noviembre, atribuye a las Comunidades Autónomas la administración y gestión ordinaria y habitual de los parques nacionales ubicados dentro de su ámbito territorial como es el caso de Doñana.

Posteriormente, mediante el Real Decreto 712/2006, de 9 de junio la Comunidad Autónoma de Andalucía asumió la administración y gestión ordinaria y habitual de los Parques Nacionales ubicados dentro de su ámbito territorial, Doñana y Sierra Nevada en ese momento.