Prisión
Solicitan ocho años de cárcel al hombre que mantuvo relaciones consentidas con una menor de 15 años
La familia de la menor fue la que denunció los hechos
La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 8 años de prisión, entre otras penas y medidas, para un procesado por mantener relaciones sexuales consentidas con una menor de 15 años, en Oviedo. La vista oral se celebró hoy en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, y quedó vista para sentencia.
El procesado (un peruano nacido en 1991) conoció a la menor, de 15 años en ese momento, en una reunión familiar, ya que conocía a la madre de una tía política de la niña. El 14 de octubre de 2023 llamó por teléfono al procesado y le pidió ayuda porque había suspendido un examen y no quería volver a su casa por temor a que su madre la riñera. Así, el hombre la recogió en su coche y la llevó a su casa, en Oviedo.
El Ministerio Fiscal sostiene que, ya en la vivienda, el procesado y la niña cenaron y, sobre las 21,30 horas, y a pesar de saber que la chica tenía 15 años, ambos comenzaron a besarse y mantuvieron relaciones sexuales. Al día siguiente continuaron juntos hasta que, por la tarde, tras conocer que la familia de la menor había presentado una denuncia, le dijo que se tenía que marchar porque le podía meter en problemas.
La niña de 15 años se dirigió entonces a casa de unos tíos, a quienes narró lo que había sucedido, y después a su propio domicilio.
Sufrimiento psicológico
Aunque no se aprecia en la menor un nivel de sufrimiento psicológico significativo asociado a los hechos denunciados, sí hay constancia de un impacto negativo, dada su edad e inmadurez para las relaciones, que ha repercutido en su estado de ánimo.
Por auto de 17 de octubre de 2023 se acordó prohibir al procesado acercarse a la menor, a su domicilio o lugar de estudio y lugares de ocio o cualquier otro frecuentado por ella a menos de 500 metros, así como comunicarse con la misma por cualquier medio.
Y solicita que se condene al procesado a 8 años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena; prohibición de acercarse a la chica, a su domicilio, lugar de estudio o lugares de ocio frecuentados por ella, a una distancia inferior a 300 metros, así como comunicarse con ella por cualquier medio, todo ello durante un periodo de 10 años.
Además, libertad vigilada durante 5 años, inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante 4 años; e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleven contacto regular y directo con personas menores de edad durante 13 años y un día.
En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el procesado indemnice a la menor con 5.000 euros por daños morales.