¿Puedo perder el derecho a la baja médica?
El Instituto Social de la Seguridad Social o las mutas colaboradoras deberán citar al trabajador a un reconocimiento médico con una antelación mínima de cuatro días hábiles
El Instituto Social de la Seguridad Social o las mutas colaboradoras deberán citar al trabajador a un reconocimiento médico con una antelación mínima de cuatro días hábiles