
Sucesos
Conduce ebrio y en sentido contrario durante 28 kilómetros por la A-31 en Albacete
El conductor hizo caso omiso a las señales de alto mediante los sistemas ópticos y acústicos, por lo que se inició un seguimiento que culminó en su detención

La Guardia Civil de Albacete ha detenido a un vecino de la provincia de Alicante de 57 años de edad por conducir durante 28 kilómetros en sentido contrario por la autovía A-31 a la altura de Almansa (Albacete).
El Servicio de Emergencias, que atiende el teléfono 112, alertó a la Central Operativa de Tráfico (COTA) de la Guardia Civil de Albacete de que habían recibido las llamadas de varios usuarios alertando de la presencia de un vehículo que se desplazaba en dirección a Albacete por los carriles destinados al sentido hacia Alicante.
De forma inmediata, se movilizaron las patrullas de servicio próximas a la zona, unas para la detección del vehículo y otras para garantizar la seguridad del resto de usuarios.
Rápidamente, una patrulla de la Guardia Civil de Tráfico logró localizar el vehículo que circulaba en dirección contraria por la autovía mencionada. El conductor hizo caso omiso a las señales de alto mediante los sistemas ópticos y acústicos, por lo que se inició un seguimiento que, tras recorrer varios kilómetros, culminó en su detención definitiva. Al momento de identificar al conductor, los agentes notaron que podría estar bajo los efectos del alcohol. Esto fue confirmado después de realizarle las pruebas correspondientes, las cuales mostraron un nivel de 0,59 mg de alcohol por litro de aire espirado, más del doble del límite máximo permitido para conductores de turismos, que es de 0,25 mg/l.
Como consecuencia de dicha actuación, los agentes de la Guardia Civil de Tráfico instruyeron las correspondientes diligencias que fueron remitidas al Juzgado de Instrucción de la localidad almanseña, en funciones de guardia.
Dos delitos contra la seguridad vial
Al conductor del vehículo se le han imputado dos supuestos delitos contra la seguridad vial. Uno por conducir un vehículo a motor de manera manifiestamente temeraria, poniendo en concreto peligro la vida o la integridad física de las personas, y otro por conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Para el primero de los delitos, el Código Penal prevé penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.
Mientras que para el segundo, se le impone una pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
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