Parlamento Regional

El informe jurídico de Les Corts avala la votación ponderada

Recuerda que todos los Parlamentos autonómicos están adoptando medidas similares

La votación de la nueva Ley del Juego se retrasa al jueves tras un tenso debate en Les Corts
Diputados de Les Corts guardan el distanciamiento y musan mascarillaslarazonINMA CABALLER/CORTS VALENCIANES

El informe elaborado por los servicios jurídicos de Les Corts avala el sistema de votación que se va aplicar en el pleno de esta semana, en el que se ha sustituido el voto ponderado por el telemático, aunque afirma que eso no obsta para que cualquier diputado o grupo pueda ejercer las acciones procesales que considere.

El informe fue solicitado por la Mesa después de que Vox planteara un recurso contra el sistema de votación que la Junta de síndics aprobó por unanimidad -el voto ponderado, por el que el síndic vota en nombre de todo el grupo- y pidiera el voto telemático, aunque consideró que este se debía emitir 24 horas antes del inicio del pleno, que comenzó el lunes.

Los letrados exponen que la aplicación del voto ponderado "no incurre en nulidad de pleno derecho y es legítima", pero tal y como acordó la Junta de síndics el pasado lunes, debe sustituirse por la votación presencial de los diputados que asisten a la sesión, y por la votación a distancia de quienes no puede acudir por las medidas sanitarias establecidas por la crisis del coronavirus.

El informe señala que “no ha sido contraria a derecho” la decisión de retrasar las votaciones al último día del pleno, aunque afirma que “sería deseable haber mantenido la unanimidad” en la adaptación del plazo límite para emitir los votos a distancia, que ha finalizado antes del inicio de la sesión de este jueves, en lugar de una hora antes de la sesión del lunes.

No obstante, indica que la falta de unanimidad "no comporta lesión del contenido esencial de los derechos fundamentales" de los diputados, y por tanto "no incurre en causa de nulidad de pleno derecho", ya que la decisión adoptada por mayoría "sirve para garantizar plenamente" los derechos de los diputados.

Ello no obsta, advierten los letrados, para que cualquier miembro de la Cámara o grupo parlamentario "pueda ejercer, en su caso" contra los acuerdos del pleno "las acciones procesales o de otra naturaleza que puedan estimar convenientes para demandar, ante la jurisdicción que sea competente, la tutela de sus derechos o intereses".

El informe recuerda que todos los Parlamentos de España que están celebrando sesiones plenarias lo están haciendo con asistencia reducida de sus miembros, y están recurriendo al voto a distancia, al voto delegado o al voto ponderado para la adopción de decisiones.