Tribunales

Fiscalía defiende las escuchas en el caso del PGOU de Alicante

El tribunal debe dilucidar si dos alcaldes dieron trato de favor al empresario Ortiz

La Audiencia de Alicante retoma el juicio por la pieza del Brugal relativa al presunto amaño del PGOU
El ex alcaldesa de Alicante, Sonia Castedo, a su llegada a la Audiencia de Alicante donde se retoma el juicio por la pieza del Brugal relativa al presunto amaño del Plan Urbanístico (PGOU) de la capital alicantina.Pep MorellEFE

La Fiscalía Anticorrupción ha defendido hoy el proceso de investigación seguido en la causa derivada del ‘caso Brugal’ sobre el supuesto amaño del Plan General de Alicante en favor del empresario Enrique Ortiz, durante la tercera sesión de la vista, seguida en la Audiencia Provincial.

El juicio se dirige contra los dos exalcaldes del PP, Luis Díaz Alperi y Sonia Castedo; contra el constructor Ramón Salvador; contra los abogados Javier Gutiérrez y José Luis Castedo; y contra tres personas vinculadas a las empresas de Ortiz (Virgilio Ortiz, Santiago Bernáldez y Pablo Rico), además del propio promotor.

El tribunal deberá dilucidar si los dos exalcaldes concedieron un trato de favor a Ortiz en el diseño urbanístico de la ciudad durante su fase de redacción, a cambio de supuestas dádivas. Entre ellas, entregas de dinero en metálico, un vehículo modelo Mini Cooper y viajes pagados a Ibiza, Andorra y Creta, según el sumario.

La Fiscalía Anticorrupción solicita diez años de prisión para Castedo, y 10 años y 2 meses para Alperi. Les acusa de delitos continuados de revelación de información privilegiada por autoridad o funcionario, cohecho y tráfico de influencias. En lo que respecta a Ortiz, pide 8 años de prisión por un delito de tráfico de influencias y cohecho.

Así, los dos representantes de la Fiscalía Anticorrupción, Felipe Briones y Pablo Romero, han sostenido que las decisiones acordadas desde los juzgados de Orihuela durante la primera fase de instrucción fueron correctas, sin romper el principio de competencia judicial ni el derecho al juez natural predeterminado por la ley, como han sostenido las defensas hasta ahora.

En esta línea, han planteado que los hechos presuntamente delictivos hallados sobre el planeamiento de Alicante guardaban una relación de "conexidad" con la causa sobre el contrato de la basura de Orihuela y la adjudicación del vertedero de la Vega Baja al estar protagonizados por una misma persona, en alusión a Ortiz.

Además, han mantenido la validez de todas las pruebas, incluidas las escuchas telefónicas, frente a los argumentos de manipulación y alteración sostenidos por las defensas de los nueve procesados en las dos primeras sesiones del juicio, después de que, el pasado 10 de junio, la Sección Séptima de la Audiencia declarase su nulidad en la sentencia dictada sobre la adjudicación de la contrata de recogida de residuos de Orihuela.

En concreto, Briones ha expuesto que en dicha sentencia se anularon las escuchas al considerar que los DVD en los que se contienen no disponen de firma digital que acredite su integridad y su ausencia de manipulación. Todo pese a que, según ha sostenido, en ninguno de los audios del Sistema de Interceptación de Comunicaciones del Ministerio del Interior (sistema Sitel), "debe constar esa firma digital".

"Sostener ese mito supondría que quedasen afectadas el conjunto de las investigaciones seguidas en España con ese sistema", ha enfatizado. De hecho, ha apuntado que ese "error" de apreciación recogido en la sentencia es uno de los que ha motivado su decisión de recurrirla en casación ante el Tribunal Supremo.

Tanto Briones como Romero han subrayado que, a raíz de ese recurso, esa sentencia no es firme ni definitiva y que no puede pretenderse extender su validez "como reflejo" en la causa sobre el planeamiento de Alicante.

En todo caso, los fiscales han solicitado que se lleve a cabo un nuevo volcado de esas escuchas para certificar su validez en su integridad y que se cite a un funcionario a cargo del sistema Sitel para que explique ante la sala cuál es su funcionamiento.

Además, respecto a la condición de aforados de Díaz Alperi y de Castedo, al ser elegidos diputados autonómicos, los fiscales han considerado que no se rompió el principio de competencia judicial ni la obligación de que los juzgados de Orihuela, primero, y de Alicante, después, se inhibiesen en favor del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV).

Según Briones, el Juzgado de Instrucción número 5 de Alicante en el que recayeron las diligencias dio ese paso tras concretar la imputación de los investigados de manera individual, como establece la jurisprudencia.

Por su parte, los letrados de la acusación particular, que ejerce el Ayuntamiento de Alicante, y de la acusación popular, representada por la agrupación local de Esquerra Unida (EU), han expuesto posiciones similares para desmontar las peticiones de nulidad de las defensas.

Además, han rebatido las pretensiones formuladas por los acusados para que se les apartase del proceso.

Las defensas de los procesados se han opuesto a parte de las nuevas pruebas planteadas por la Fiscalía, como el nuevo volcado de los audios y la declaración de un agente adscrito al sistema Sitel para explicar su funcionamiento, al considerarlas innecesarias y extemporáneas.

También han considerado que su admisión supondría la quiebra del principio de igualdad de armas al impedir a las defensas que pudiesen aportar informes para rebatir ese nuevo volcado.

El juicio se retomará el próximo 23 de septiembre con el inicio de las declaraciones de los acusados.