Tribunales

Hacienda dice que el decreto anulado por el TSJ que marcaba una distancia mínima entre salones de juego, ya no estaba en vigor

Aduce que tras el decreto de 2018 se aprobó la Ley del Juego (2020) y un decreto en 2021

Vecinos se manifiestan contra los salones de juego
Vecinos se manifiestan contra los salones de juegoJesus G. FeriaLa Razón

La Conselleria de Hacienda ha defendido que la fijación de distancias entre los salones de juego es una competencia del Consell, que se justifica, en la normativa en vigor (Ley 1/2020 del juego), por razones de interés general, siendo proporcionadas y no discriminatorias.

Así lo ha señalado después de que la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) haya anulado el Decreto 204/2018 de 16 de noviembre del Consell que establecía una distancia mínima entre salones de juego de 700 metros, una norma que ya no está en vigor.

Según señalan desde Hacienda, desde que se interpuso la demanda contra ese decreto, en febrero de 2019, el Consell ha aprobado una nueva ley del juego (la 1/2020 del juego) y el decreto 97/2021 por el que se desarrolla, que regulan esta cuestión.

Por tanto, añaden, la sentencia no afecta en ningún caso a la normativa en vigor, ya que el objeto de la demanda ya ha sido sustituido por una nueva legislación, y además, en el fallo, se dice que no se entra a valorar en ningún caso la nueva normativa.

En todo caso, la Conselleria de Hacienda considera que la fijación de las distancias es una competencia del Consell, quedando justificadas en la normativa en vigor por razones de interés general, siendo proporcionadas y no discriminatorias, tal y como tienen todas las comunidades.

El decreto declarado nulo por el TSJCV modificaba los artículos 4.1, 9.2b) y 9.3 párrafo primero del Reglamento de salones recreativos y salones de juego, aprobado por el Decreto 55/2015, de 30 de abril, del Consell, que establecía la prohibición de la instalación de nuevos salones de juego, así como el cambio de clasificación de salón recreativo a salón de juego, cuando exista otro u otros salones de juego autorizados dentro de un radio de 700 metros.

La Unión de Trabajadores de Salones de Juego (UTSAJU) considera que la sentencia llega tarde pero es “un éxito jurídico y moral” para el sector del juego privado, y deja claro a la Administración que “no vale todo” y que la regulación normativa del sector debe adecuarse al ordenamiento jurídico.

“Los trabajadores de los salones, a los que el Botànic condena al paro, son las víctimas de una regulación injusta y arbitraria que se ha desarrollado sin diálogo ni escuchar a los trabajadores”, ha manifestado en un comunicado.

El letrado que presentó el recurso contra el decreto, Santiago Moreno, ha afirmado que la sentencia es “un éxito muy importante del Estado de Derecho frente a regulaciones normativas que se hacen más desde criterios ideológicos carentes de justificación que desde criterios de necesidad y proporcionalidad y en consonancia con nuestro ordenamiento jurídico”.