Tribunales

Los propietarios del edificio incendiado en Valencia presentan una denuncia por daños por imprudencia grave

La Policía Judicial descartó el origen criminal o delictivo del incendio

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se ha desplazado este viernes a València para conocer de primera mano los detalles del trágico incendio que ha asolado dos edificios en el barrio de Campanar.
Aspecto del edificio calcinadoBorja Puig de la BellacasaPool Moncloa

La comunidad de propietarios del edificio del barrio de Campanar de València afectado por un incendio el pasado 22 de febrero, que causó la muerte a diez personas, ha presentado una denuncia en el Juzgado de Instrucción número 9 por la comisión de un presunto delito de daños por imprudencia grave respecto a las posibles negligencias de los agentes de la edificación.

Además, esta comunidad de propietarios de las viviendas del número 2 de la calle Poeta Rafael Alberti se ha personado como parte perjudicada, en calidad de acusación particular, y pide la reapertura de las diligencias previas.

La Policía Judicial comunicó el 8 de marzo al Juzgado de Instrucción número 9 de València, que investiga las causas del incendio, que descarta el origen criminal o delictivo del incendio y, en consecuencia, se autorizó el acceso a las compañías aseguradoras, que entrarán este jueves en el inmueble.

El juez instructor levantó el secreto del sumario y acordó de forma provisional el sobreseimiento de las actuaciones, a la espera de que concluya la investigación y los análisis policiales que deberán determinar el origen concreto del incendio.

La denuncia de la comunidad de propietarios, que ha presentado a través de su presidente, Francisco Fernández, y bajo la dirección legal del letrado Guillermo Aragó Hervás, del despacho Togas&Tributos Abogados, se interpone "por la comisión de un presunto delito de daños por imprudencia grave, respecto a las posibles negligencias de los agentes de la edificación", que pudieron ser "claves" en la propagación y consecuencias del incendio.

Considera que hay que depurar responsabilidades por el devastador incendio que destruyó, prácticamente, el edificio en su totalidad, y habiéndose producido víctimas mortales como consecuencia del mismo.

Teniendo en cuenta dicha circunstancia, la comunidad de propietarios "se ve en la obligación de denunciar estos hechos en atención a la destrucción del propio edificio y a los cuantiosos daños que se han producido en el inmueble que conforma la Comunidad de Propietarios".

En la denuncia se especifica que no solo habrá que averiguar cómo se produjo el incendio, sino que también habrá que investigar las causas por las cuales el incendio se propagó con tanta rapidez y provocó la destrucción de prácticamente todo el edificio.

El fuego se propagó rápidamente desde el exterior del edificio hacia el interior y en pocos minutos asoló el edificio, por lo que al parecer la fachada coadyuvó a la propagación del incendio, un hecho que consideran "no es nada normal".

El abogado Guillermo Aragó ha señalado que en esta clase de delitos la prescripción sobre la posible responsabilidad de los agentes de la edificación no se inicia hasta que se produce el efectivo perjuicio, por lo que en la denuncia se solicita la investigación y comprobación de si el edificio se construyó incumpliendo lo dispuesto en el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre, por el que se aprueban las condiciones de protección contra incendios de los edificios.

También se pide comprobar si hubo una posible negligencia o imprudencia cometida por la instalación del revestimiento de la fachada por parte de los agentes de la edificación que intervinieron en la construcción del inmueble, o si podría ser responsable por negligencia el fabricante de las placas que revestían el exterior de la fachada.

Se requiere investigar si alguno de los agentes de la edificación que intervinieron en la construcción del edificio pudieran ser responsables por negligencia o imprudencia respecto al hecho de que el incendio se propagara tan rápidamente y haya ocasionado más daños de los que, quizá, se hubieran ocasionado sin la comisión de "esa imprudencia".

Además, se insta al Juzgado a que libre oficio al Ayuntamiento de València al objeto de que remitan todo el expediente que dio lugar al otorgamiento de la licencia de obras mayores para la construcción del edificio al objeto de conocer cuáles fueron los agentes de la edificación, qué normas constructivas se aplicaron y qué materiales se emplearon en la construcción.