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Athletic Club
Varapalo judicial para el Athletic Club: le obligan a pagar más de 14.000 euros a una exjugadora
Revés para el club vasco en su pulso con una exjugadora por su salida del equipo tras nueve temporadas

La última palabra en el litigio que enfrenta al Athletic Club con una de sus exfutbolistas todavía no está dicha. Pese a la contundente sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), la entidad rojiblanca aún dispone de una última vía para intentar revertir el fallo: un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Se trata, por tanto, de una batalla legal lejos de concluir y cuyo desenlace definitivo queda en el aire.
De hecho, lo que está en juego es una condena que obliga al club a indemnizar a la jugadora con un total de 14.024 euros. Esta decisión supone un revés judicial de envergadura para el Athletic, ya que da un vuelco radical a una resolución anterior emitida por un Juzgado de lo Social de Bilbao, que en primera instancia había desestimado la demanda de la deportista y dado la razón a la directiva bilbaína.
En su argumentación, el tribunal vasco se centra en la naturaleza de la finalización del contrato para justificar la indemnización principal de 10.524 euros. Los magistrados consideran irrelevante que la futbolista anunciara su retirada profesional, puesto que la relación laboral no terminó por esa decisión. La sala dictamina que el motivo real del finiquito fue, sencillamente, el vencimiento del plazo pactado en el contrato, lo que genera el derecho a la compensación económica.
La prima de antigüedad, un derecho blindado por el convenio
Por otro lado, la sentencia también aborda los 3.500 euros restantes, correspondientes a un premio por antigüedad que la jugadora reclamaba tras haber defendido la camiseta del club durante nueve temporadas. El fallo establece que esta prima es un derecho laboral consolidado que emana directamente del convenio colectivo, por lo que su abono resulta innegociable.
En este sentido, los magistrados son tajantes al determinar que dicha cantidad no puede ser compensada ni mermada por otros conceptos salariales que la jugadora hubiera percibido a lo largo de su carrera en el equipo. La prima de antigüedad, concluye el tribunal, no puede ser absorbida y debe pagarse de manera íntegra, garantizando así una protección fundamental para la deportista.
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