Jubilación

¿Puedo contribuir al plan de pensiones de otra persona?

Solo en dos casos concretos. La ley permite aportar a estos planes un máximo de 8.000 euros anuales

La esperanza de vida al nacer en 2050 será de casi 87 años
La esperanza de vida al nacer en 2050 será de casi 87 añosCristina BejaranoLa Razón

La jubilación es el momento de hacer todo aquello que se va posponiendo debido a la rutina y el ajetreo diario. Para algunos esto implica descansar y dedicar tiempo a uno mismo y para otros la tercera edad es una segunda juventud en la que descubrir y vivir nuevas experiencias. En ambos casos, esos años de retiro se disfrutan mejor junto a los seres queridos que le han acompañado en el camino. En este sentido, es habitual que aquellos que deciden ahorrar para su jubilación también quieran que sus allegados puedan gozar de una economía saneada cuando llegue el momento de retirarse. En los planes de pensiones existe la posibilidad de que el cónyuge contribuya también a engrosar esa cantidad, pero ciertos límites y condiciones que hay que cumplir. De igual manera, se pueden hacer aportaciones al plan de un familiar con minusvalía.

Al cónyuge

Un plan de pensiones es un producto de ahorro enfocado a reservar un colchón para la jubilación. La ley permite aportar a estos planes un máximo de 8.000 euros anuales. En el caso de que su pareja también cuente con un plan de pensiones, pero sus rendimientos netos del trabajo y/o actividades económicas sean inferiores a 8.000 euros anuales, podrá aportar 2.500 euros anuales al plan de su cónyuge. Cabe recordar en todo momento que aunque la aportación se realice al plan de pensiones del cónyuge, el que lo declarará y podrá desgravarse el importe es el aportante.

De los 8.000 máximos que se pueden destinar anualmente a planes de pensiones, el contribuyente se podrá deducir esa cantidad o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas, la cantidad que sea más baja. Esta cifra se descuenta directamente de la base imponible del IRPF, de esta manera contar con un plan de pensiones puede reducir considerablemente el pago de impuestos. Estas aportaciones quedan reflejadas en la declaración de la Renta en el epígrafe “Reducciones por aportaciones y contribuyentes a sistemas de previsión social”. Las aportaciones propias se incorporan en la casilla 465 y las aportaciones del declarante a favor de su cónyuge quedarán registradas en la casilla 469, explica BBVA.

A personas con discapacidad

Hay otro caso en el que podrá contribuir económicamente al plan de pensiones de un tercero: si el titular tiene una discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33%, así como de personas que tengan una incapacidad declarada judicialmente con independencia de su grado. En este caso, no solo el cónyuge podrá hacer aportaciones, sino que también las podrán hacer las personas que tengan con el titular del plan de pensiones un “grado de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive” (es decir, padres, hijos, abuelos, tíos, hermanos y sobrinos) o aquellos que tengan “a su cargo” a esta persona “en régimen de tutela o acogimiento”, explica la Agencia Tributaria.

En cuanto a la cantidad que se puede aportar, los titulares con una minusvalía pueden destinar 24.500 euros anuales a su plan de pensiones. Además, las aportaciones de familiares o tutores también se elevan de los 2.500 euros expuestos en el caso anterior hasta los 10.000 euros.