Familia numerosa de Burgos

Ataque a dos millones de familias en plena crisis

El Gobierno se acoge a una idea «pre-pandemia»de la AIReF

Eran otros tiempos. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) analizaba los beneficios fiscales de 2019, cuando el Covid-19 era «un resfriado» y nadie creía que fuera a hacer girones el mundo, y concluía que la tributación conjunta del IRPF desincentiva la participación laboral de las mujeres. En ese análisis de los beneficios fiscales de 2019, cuando la economía aún crecía y el mercado laboral no había saltado por los aires hasta hacer necesario el dopaje con fondos públicos de cientos de miles de empleos mediante los ERTE, la AIReF recomendaba la supresión gradual de esta modalidad.

Eran otros tiempos, en los que quizá las mujeres con menor formación o sin disponer de ninguna podrían haberse decidido a buscar un empleo en la hostelería o el turismo. Eran otros tiempos, pre-pandemia, pero el Gobierno ha decidido obviarlo y excusarse en esa sugerencia de la AIReF previa a la Covid-19 para planear otro sablazo fiscal que, en este caso, no puede justificar en las rentas altas, ya que esas deducciones son, sobre todo, para las rentas más bajas y, sobre todo, para las mujeres, que suponen el 83,2% de las rentas más bajas en las familias, según los datos de las declaraciones por IRPF correspondientes a 2016.

Y es que la declaración de la Renta conjunta ahorra 3.400 euros anuales a los matrimonios que tributan el impuesto de esta manera. En declaraciones conjuntas de unidades familiares monoparentales, es decir, las formadas, en los casos de separación legal o cuando no exista vínculo matrimonial, por el padre o la madre y todos los hijos menores o mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada que convivan con uno u otra, la base imponible se reduce en 2.150 euros anuales.

Es este beneficio fiscal, según la AIReF, el que provoca efectos perversos sobre la oferta de trabajo de los integrantes de la unidad familiar que aportan una renta menor, desincentivando su participación en el mercado de trabajo. «La tributación conjunta solo resulta fiscalmente atractiva cuando uno de los miembros de la pareja no percibe rentas, o cuando percibe rentas bajas. En consecuencia, esta figura puede generar incentivos negativos sobre la oferta laboral de las mujeres, que suelen ser el miembro del hogar con menor nivel de renta», explicaba el documento.

La AIReF estimaba que las mujeres que obtienen un ahorro marginal al hacer tributación conjunta declaran casi 3.000 euros menos de renta laboral que aquellas para las que la tributación conjunta supone un coste marginal. «En concreto, la distorsión es de 2.367 euros entre las mujeres de rentas bajas».

En el documento, la institución calculaba que el coste para las arcas públicas de esta iniciativa asciendía a 2.293 millones, y los beneficiarios suponían 4,2 millones de personas, 2,1 millones de hogares, el 18% de los contribuyentes y el 17% de las familias. El organismo sostenía que el beneficio fiscal sí consigue su objetivo al beneficiar a los hogares que solo tienen un perceptor de rentas.

Aunque las deducciones en las declaraciones conjuntas resultan minoritarias entre los principales países de la OCDE, aún está presente en forma de sistema de división de ingresos o por la escala diferenciada en países como Francia, Portugal o Alemania.

En cualquier caso, la AIReF advertía de que de aprobarse una modificación de los beneficios fiscales «debía enmarcarse en la planificación estratégica de las políticas públicas con las que esté relacionado», a lo que añadía que debía crearse «un régimen transitorio para no perjudicar a las familias con menor capacidad de adaptar sus decisiones de participación a la nueva situación».

La declaración de la renta conjunta beneficia en términos generales a los contribuyentes de mediana y avanzada edad, alrededor de un 48% de mayores de 55 años.