Conflicto familiar

¿Me pueden desheredar? Solo el 1% de los padres lo intenta

La ley es restrictiva y hace que los motivos justificados sean escasos y deban estar bien argumentados y probados. Estos son los supuestos válidos y el proceso a seguir para eliminar del testamento a los hijos

Imagen de archivo de personas intercambiando documentos
Imagen de archivo de personas intercambiando documentosUnsplash

La relación entre padres e hijos puede ser una verdadera montaña rusa. Aunque en la mayoría de las ocasiones se espera que recobre la estabilidad en los momentos más difíciles, hay situaciones límite que acaban por separar definitivamente a los progenitores y sus descendientes. Si los lazos familiares que los unían no se pueden volver a atar, cabe la opción de dejar claro este separación también en el testamento mediante la desheredación. Además de no ser un proceso fácil emocionalmente, tampoco lo es legalmente, ya que la ley pone muchas trabas para privar de la legítima a los herederos forzosos, advierte Abel Marín, socio abogado de Marín & Mateo Abogados y autor del libro “Protege tu herencia”. Solo el 1% de los padres intenta desheredar a sus hijos, explica según su experiencia.

Primero, ¿qué es la legítima y a quién corresponde?

Lo primero que deben saber los padres que hayan tomado la decisión de desheredar a su hijo o hijos es de qué parte de la herencia les están privando. Se trata de la legítima estricta, el tercio de la herencia que debe repartirse a partes iguales entre todos los herederos forzosos que corresponda. Los otros dos tercios son el de mejora y el de libre disposición. En cuanto a quiénes son los herederos forzosos, se trata de: hijos y nietos; a falta de los anteriores, los padres y abuelos; y por último, el viudo o viuda.

Qué proceso hay que seguir para desheredar

El siguiente paso es acudir ante notario para dejar constancia en el testamento de la desheredación, la cual debe estar bien argumentada y probada. “En los casos de desheredación, el desheredado no tiene que probar nada, sino que la carga de la prueba la tienen los herederos, lo cual también obliga al resto de hijos a vérselas en un juzgado en caso de impugnación de la desheredación. Este es un motivo más por la que los padres optan descartar la desheredación”, indica Abel Marín. En este sentido, detallar bien los motivos de la desheredación y contar con pruebas claras, fehacientes e irrefutables sobre la causa será clave para que la impugnación no llegue a buen puerto.

Ante la dificultad de que prosperen las desheredaciones, los padres que quieren desheredar lo reducen a la legítima estricta facultando al resto de herederos a que le entreguen dicha legítima en efectivo metálico, aunque fuera con dinero de fuera de la herencia, o bien con la entrega de un bien que pudiera colmar su derecho legal.

Motivos justificados para desheredar

Por lo que respecta a los motivos de desheredación de los hijos, la ley prevé tres tipos de casuísticas:

-Haber negado, sin motivo legítimo, alimentos al padre o al ascendiente que le deshereda.

-Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.

-La desheredación por causas de indignidad que incluye los siguientes supuestos:

  • Ser condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual. Siempre que el ofendido sea el testado, su cónyuge, la persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o algunos de sus descendientes o ascendientes.
  • Haber acusado al causante del delito para el que la ley señala pena grave si es condenado por denuncia falsa.
  • El que, con amenaza, fraude o violencia, obligare al testado a hacer testamento o a cambiarlo.
  • Impedir, con amenaza, fraude o violencia, hacer testamento a otro, revocar el testamento que estuviese hecho o suplantar, ocultar o alterar otro posterior.

“Todos ellos motivos claros, pero no tan fáciles de demostrar ante la ley”, indica el abogado. A partir de 2015, el Tribunal Supremo, amplió como causa de desheredación el maltrato psicológico equiparándolo, en algunos casos, al maltrato de obra. “Cuando un hijo se va sin más, sin discusiones, sin ofensas, y nunca más quiere tener relaciones con sus padres ni con el resto de familia, puede causar un daño psicológico de suficiente gravedad para causar una profunda depresión en los padres. ¿Es causa suficiente para desheredar?”, se pregunta el abogado, y añade: “Dependerá de la valoración del facultativo (psiquiatra y/o psicólogo) hecha en vida del testador para que el tribunal pueda dilucidar si es o no causa suficiente de desheredación”.

Un caso de éxito

Abel Marín explica en su libro “Protege tu herencia” el caso de un padre diagnosticado con cáncer al que uno de sus dos hijos no fue a visitar durante todo el tratamiento hasta su muerte. Tras varios meses de decepciones constantes, él y su mujer tomaron la decisión de desheredar a su hijo, pero lo cierto es que en la práctica no fue un proceso especialmente sencillo. Para lograrlo, el padre acudió al psicólogo del departamento de oncología que le estaba tratando y consiguió unos informes que constataban que el abandono por parte de su hijo le estaba afectando más que la propia enfermedad hasta el punto de querer abandonar el tratamiento. Su mujer también se sometió al mismo análisis psicológico y los informes de ambos acreditaban un estado de depresión “por motivos de desafecto de su hijo varón”.

Marín considera que las leyes de nuestro país están un poco desfasadas por contemplar las legítimas. “De no existir, podríamos dejar nuestros bienes a quien quisiéramos, evitando todas las impugnaciones de herencias, como ocurre en muchos otros países y sin que la decisión sobre las últimas voluntades recaiga sobre el criterio de jueces y tribunales”, opina.

¿Qué pasa si hay reconciliación?

Si existiera reconciliación entre el testador y el desheredado, “quedarán sin efecto la desheredación; lo cual también se deberá probar”, subraya Abel Marín. Además, si un padre deshereda a su hijo, los hijos y los descendientes de este conservan el derecho a la legítima estricta. “No obstante, en muchas ocasiones se deshereda a los nietos por los mismos motivos que a los hijos”, concluye el abogado Abel Marín.