Pensiones

Objetivo de Escrivá: retrasar el retiro y gravar todas las jubilaciones anticipadas

Se aplicarán coeficientes reductores máximos tanto a las voluntarias como a las forzosas

Un grupo de jubilados
Un grupo de jubiladosCristina BejaranoLa Razón

«Vamos a aprobar un sistema público de pensiones totalmente viable y sostenible», defendió el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la firma del pacto en los jardines de La Moncloa con la que quedó cerrada –a falta de que sea aprobada mañana en el Consejo de Ministros– con sindicatos y patronal un acuerdo sobre el primer paquete de medidas para reformar el sistema de pensiones.

El Gobierno –y el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá en particular, con un puesto en todas las quinielas para su salida del Gobierno– se estaban quedando sin tiempo ante las exigencias de Bruselas para acceder a los fondos europeos –tras su compromiso en el componente 30 del Plan de Recuperación y Resiliencia– y porque el objetivo es que entre en vigor el 1 de enero de 2022, y si no se aprobaba el anteproyecto de ley antes del verano todo quedaba irremediablemente demorado.

Con ello, se dará luz verde a la primera parte de la reforma, en la que se incluye la garantía del mantenimiento del poder adquisitivo, con la revalorización sobre el IPC, la mejora de los incentivos para retrasar el retiro del mercado laboral y acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal mediante la revisión del modelo de jubilaciones anticipadas. Es en este último punto donde más fricción y críticas han provocado los agentes sociales, ya que muchos colectivos –sobre todo los que agrupan a los jubilados forzosos que han sufrido graves penalizaciones en su pensión– han lamentado que no se hayan derogado estos recortes, al menos para los que tengan largas carreras de cotización.

El ministro Escrivá en todo momento de este proceso ha demostrado que su objetivo es que el menor número de trabajadores posible pueda jubilarse anticipadamente, para lo que ha maximizado los coeficientes reductores y premiado a los que decidan alargar sus carreras laborales. Y las trabas se inician desde el momento en el que, en el caso de jubilación anticipada voluntaria, las penalizaciones pasarán a ser mensuales, no trimestrales –con el consiguiente incremento implícito de la reducción–, y además se limitan los periodos transitorios para su aplicación solo en las pensiones máximas. Únicamente se ofrece bajar el coeficiente a cambio de retrasar lo más posible el anticipo de la jubilación, al menos dos meses y según las cotizaciones acumuladas. El texto definitivo –que se llevará casi con toda seguridad mañana al Consejo de Ministros– especifica que en el caso de que se tengan menos de 38 años y 6 meses cotizados, adelantar su jubilación 24 meses supondrá una reducción en su pensión de entre el 21% y el 3,26% –según sean 24 o uno–. Para los que tengan más de 38 años cotizados y 6 meses, pero menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% para los 24 meses de adelanto y la mínima del 3,11%, para hacerlo un mes.

En cuanto a los que tienen más de 41 años y 6 meses cotizados, pero menos de 44 años y 6 meses, el coeficiente reductor pasará a ser del 17% si se jubilan dos años antes. Si lo hacen 12 meses antes, la reducción será del 2,96%. Por último, los que tengan más de 44 años y medio cotizados tendrán una reducción del 13% por jubilarse dos años antes y del 2,81% un mes antes. Se da la paradoja de que trabajadores con muchos menos años cotizados pero que se jubilan en su fecha no tengan ningún tipo de reducción, algo que ha provocado que la combativa asociación Asjubi40, que representa a los más de 530.000 jubilados con más de 40 años cotizados que han sufrido una merma de su pensión –en algunos casos llega hasta el 40%– hayan presentado en el Congreso –con apoyo de 16 comunidades, todos los partidos menos el PSOE y decenas de ayuntamientos– una iniciativa para que, en su caso, no se apliquen «estas injustísimas penalizaciones».

Escrivá solo hace una excepción y de un modo parcial: si el trabajador que se jubile anticipadamente estuviera percibiendo el subsidio por desempleo durante al menos tres meses, estos coeficientes reductores se aplicarán bajo las preceptos establecidos para la jubilación anticipada involuntaria.

Aunque para estas jubilaciones forzosas, el texto mejora en parte sus condiciones, ya que modifica la regulación de la «jubilación anticipada no imputable al trabajador», permitiendo nuevos supuestos para acogerse a esta modalidad sin recargos –para los que rechacen un traslado de residencia o por no aceptar una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo– , por contra en el resto de supuestos no se eliminan estos coeficientes sancionadores. Así, a los que sufran una jubilación involuntaria tipo se les aplicará la penalización en «los dos años inmediatamente anteriores a la edad de jubilación ordinaria, y lo harán con los mismos coeficientes que en la modalidad voluntaria en aquellos supuestos en los que el nuevo coeficiente es más favorable que el que había establecido hasta ahora». Para estos casos se ha configurado una nueva tabla de reducciones, que pueden llegar a suponer una pérdida de pensión del 30% para jubilaciones anticipadas de cuatro años y carreras de cotización inferiores a los 38 años y seis meses. El mínimo, para los que se prejubilan con un mes de adelanto y tengan cotizados 44 años y seis meses o más será del 0,50%.

Todo se dirige para que si no alargas tu retiro o no lo cumples estrictamente en fecha serán gravados con reducciones en la pensión. Por tanto, si decides trabajar más, la Seguridad Social lo premiará. Así, el proyecto establece la exoneración de cotizar por contingencias comunes a partir del cumplimiento de la edad de jubilación y, por cada año de retraso, se podrá disfrutar de otras dos ventajas: o bien obtener un porcentaje adicional del 4% o una cantidad en función de la cuantía de la pensión –que puede ser de hasta 12.060 euros por año en un solo pago–, o apostar por una combinación de ambas. Para acceder a esta jubilación activa se exigirá al menos un año desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. Esta modalidad se revisará en el mercado del diálogo social en un plazo de 12 meses, mientras que la reforma global tendrá una evaluación periódica cada cinco años en el marco del diálogo social.