Hacienda

El cheque de ayuda de 200 euros ya está disponible: cómo pedirlo y quién tiene derecho

El cheque de 200 euros se podrá solicitar desde mañana en la web de la Agencia Tributaria

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha confirmado hoy que se podrá solicitar desde mañana en la página web de la Agencia Tributaria (AEAT) el pago único de 200 euros para hogares con bajo nivel de renta y patrimonio. El periodo de solicitud se extenderá durante los próximos tres meses y se empezará a pagar a partir de septiembre “para que 2,7 millones de personas puedan recibir una ayuda imprescindible para transitar la situación provocada por la guerra”, que ha provocado que los precios de consumo se disparen.

La ayuda forma parte del último paquete de medidas aprobadas por el Gobierno para paliar el impacto económico derivado de la invasión de Ucrania, que ya está en vigor, pero que aún tiene que ser convalidado por el pleno del Congreso la próxima semana. El Gobierno calcula que gastará 540 millones en esta ayuda.

Quién puede pedir la ayuda

Esta ayuda directa de 200 euros pueden solicitarla los ciudadanos con residencia legal y efectiva en España y la hayan tenido de forma continuada e ininterrumpida durante el año inmediato anterior; tanto los trabajadores asalariados como los autónomos dados de alta en la Seguridad Social y los desempleados inscritos en cualquier oficina de empleo, estén cobrando o no la prestación o subsidio por desempleo.

El baremo para pedir esta ayuda directa se establece sobre las rentas obtenidas en 2021, incluidas las que perciban los convivientes, sean inferiores a 14.000 euros y el patrimonio, descontando la vivienda habitual, no supere los 43.196,40 euros.

Para aceptar o descartar esta ayuda, la Agencia Tributaria tendrá en cuenta el cómputo de ingresos y de patrimonio, que se efectuará de manera conjunta, considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 y estén unidos entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos dos años de antelación. También tendrá en cuenta a quienes convivan en adopción o acogimiento familiar permanente. No se tendrán en cuenta los ingresos y patrimonio de otras personas convivientes en el mismo domicilio que no estén unidas por los vínculos anteriores.

Quién está fuera de los requisitos

Aunque sí está abierta a desmepleados, no lo está para los hogares que perciban el Ingreso Mínimo Vital (IMV) -para los que se ha prorrogado el incremento del 15% hasta final de año-, o pensiones no contributivas con ingresos anuales son superiores a dicha ayuda.

Cómo solicitarlo

La ayuda deberá solicitarse en la web de la Agencia Tributaria tras rellenar el formulario que estará disponible próximamente en la sede electrónica. Para tramitar el cheque el interesado debe disponer de certificado digital o Cl@ve. Deberán tener actualizado el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio (salvo menores de 14 años que no tengan asignado NIF), así como una cuenta bancaria con titularidad del solicitante en la que desea que se realice el abono de la ayuda.