Ayudas

IRPF: ¿hay que declarar el cheque de 200 euros para alimentos en la Renta?

Hacienda aclara cómo tributará esta ayuda tras detectar un error en una información difundida por el Gobierno

Una persona saca dinero de un cajero de una entidad bancaria
Una persona saca dinero de un cajero de una entidad bancariaEmilio NaranjoAgencia EFE

Los futuros beneficiaros del cheque de 200 euros para alimentos deben leer la letra pequeña de esta medida, sobre todo la que concierne al pago de impuestos. Desde la Agencia Tributaria explican que el cheque tributa como ganancia patrimonial en el Impuesto sobre la Renta (IRPF). Esto significa que habrá que incluirlo en la declaración de la Renta del próximo año, en 2024, ya que se concederá este ejercicio, y no estará exenta de impuestos. Esta es la norma que seguirá Hacienda, pero un error en una guía publicada en la web de La Moncloa ha generado numerosas dudas los futuros solicitantes.

En la publicación “Ayuda de 200 euros para familias con menos recursos: requisitos y cómo solicitarla”, la web del Gobierno indicaba todo lo contrario a lo que afirma Hacienda. En concreto, decía lo siguiente: “Los beneficiarios de la ayuda deberán presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2023, con independencia de sus ingresos, si bien el cheque es una renta exenta de tributación”. Según esto, el cheque no tributaría como ganancia patrimonial en la Renta, pero todos los beneficiarios estarían obligados a presentar la declaración, como ocurre actualmente con el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Fuentes de la Agencia Tributaria consultadas por LA RAZÓN aclaran que esta información es errónea y reiteran que el cheque no será una renta exenta y que tributarán por él aquellos contribuyentes que superen el mínimo para hacer la declaración, que por norma general es de 21.000 euros o de 14.000 euros si se tienen dos o más pagadores de los que se cobran más de 1.500 euros. El error ya ha sido eliminado de la web.

Información errónea en la página web La Moncloa
Información errónea en la página web La MoncloaLa Razón

La ayuda para comida forma parte del tercer paquete de medidas anticrisis y tiene como objetivo paliar el impacto que está teniendo el alza de los alimentos en los hogares españoles. El decreto recoge que podrán acceder a este cheque de 200 euros quienes hayan sido asalariados, autónomos o desempleados en 2022, que tengan su residencia habitual en España, que tengan rentas anuales de hasta 27.000 euros y que no gocen de un patrimonio superior a 75.000 euros, descontando la vivienda principal, en el caso de ser de la propiedad de los beneficiarios.

El cómputo de los ingresos y del patrimonio se efectuará sumando los de los familiares que convivan en el mismo domicilio: el solicitante, su cónyuge o pareja de hecho, descendientes y ascendientes hasta segundo grado. Además, este cómputo de ingresos y patrimonio se realizará con fecha a 31 de diciembre. No obstante, el Gobierno aclara que “no se sumará el ingreso y patrimonio de las personas que compartan piso sin tener una relación familiar”.

Los que pidan el cheque solo disponen de mes y medio para realizar la solicitud, del 15 de febrero y el 31 de marzo de 2023, y deberán hacerlo en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Tendrán que rellenar un formulario en la Agencia Tributaria, en el que facilitarán la cuenta bancaria donde deseen que se realice la transferencia. Será necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico para realizar el trámite. En cambio, si el solicitante tiene domicilio fiscal en Navarra o el País Vasco, las haciendas locales serán las competentes para recibir las solicitudes y administrar el cheque.

La Agencia Tributaria ya ha activado en su Sede Electrónica el apartado para solicitar este cheque. Lo que no se sabe aún es cuánto tardará en llegar el ingreso desde que se presenta la solicitud, aunque tomando como referencia el cheque de 200 euros del pasado verano, las cantidades no suelen tardar más de uno o dos meses en llegar.