Vivienda

Los contratos que esquivan la regulación del alquiler: “Nuestro piso ha pasado de costar 1.060 a 1.410 euros”

Algunos modelos de arrendamiento, como el alquiler de temporada por habitación, escapan al tope del 2% y a la prórroga de seis meses. Los inquilinos, asfixiados, se ven obligados a abandonar sus hogares

Bloques de viviendas del barrio de la Concepción (Madrid)
Bloques de viviendas del barrio de la Concepción (Madrid)David JarLa Razon

El mercado del alquiler se ha convertido en un callejón sin salida para los inquilinos, especialmente para los más jóvenes. Aunque el límite del 2% al alquiler y la prórroga de seis meses para contratos que finalicen antes del 30 de junio pretenden aliviar la asfixia generada por los altos precios de los arrendamientos, hay algunos modelos de contrato que esquivan estas normas, como el alquiler temporal por habitación.

“Nuestra vivienda ha pasado de costar 1.060 euros en 2020 a querer cobrarnos 1.410 euros por un piso que no los vale”, explican tres inquilinos de una vivienda arrendada en Madrid a través de una plataforma de alquiler por habitación. Los perfiles que recurren a estas vías de alquiler son principalmente estudiantes y jóvenes trabajadores que ante las subidas desorbitadas de sus rentas se ven obligados a volver al hogar familiar o a batallar contra otros cientos de candidatos por alguna de las pocas viviendas asequibles que salen al mercado.

María (25 años), una de las afectadas, cuenta que sus dos compañeros y ella alquilaron el piso en julio de 2020, tras el fin del confinamiento. La plataforma a la que recurrieron alquila habitaciones por 11 meses principalmente para estudiantes de intercambio, pero el impacto de la pandemia dejó todos esos pisos vacíos y se llenaron con jóvenes trabajadores y estudiantes residentes en España.

“No nos dejan renovar como tal, porque los contratos que se firman siempre son nuevos, pero en total llevamos casi tres años en el piso”, explica. En el último contrato ya les subieron la renta más de 40 euros por habitación y la compañía les ha advertido: si quieren contratar de nuevo, su alquiler volverá a subir. En total, sus habitaciones se han encarecido más de 100 euros cada una. “Nos es imposible seguir aquí. Pensamos que las medidas del Gobierno nos darían un respiro pero descubrimos que no se nos aplican”, lamenta.

Desamparados, se topan con que el mercado del alquiler se ha convertido en una auténtica jungla. “En una semana buscando piso nos han intentado estafar en tres ocasiones, los precios están por las nubes, los pisos vuelan, te piden hasta cuatro mensualidades para entrar a vivir, contrato de trabajo indefinido durante al menos un año e incluso algunas agencias no suman los salarios de los convivientes, sino que te exigen que uno de los compañeros de piso tenga un salario neto que duplique el valor del alquiler. Es decir, para un piso de 1.000 euros alguno debería ganar 2.000 netos. Es una odisea”, denuncia Brian, un joven de 27 años que trabaja de teleoperador. “Yo tendré que abandonar Madrid y volver a Andalucía con mi familia, ya que al estar doctorando y opositando, sin ayudas ni becas, y con un trabajo a tiempo parcial que no me permite seguir manteniéndome aquí, la situación es insostenible. Dejar una vida, gente y un hogar en el que llevas tanto tiempo viviendo por motivos ajenos a ti es una experiencia que no se la desearía a nadie”, cuenta Sergio (27 años), el otro compañero de piso afectado.

Los arrendamientos que escapan a la norma

Celestino Fernández, abogado de Legálitas, explica que los arrendamientos de temporada por habitación están excluidos de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y, por lo tanto, no se benefician de la prórroga de seis meses ni del límite del 2% al alquiler. Entre los arrendamientos que escapan a la norma también se encuentran las viviendas de porteros; las viviendas para asalariados asignadas por el cargo que desempeñan en su empresa; las viviendas militares; los contratos en los que se alquila una vivienda con un aprovechamiento agrícola; las viviendas para universitarios calificadas como tal por las universidades; y las viviendas turísticas. Tampoco se benefician de los límites al alquiler del Gobierno aquellas viviendas que fueron alquiladas conforme a la LAU para vivienda habitual pero que hayan agotado todas sus prórrogas.

En el caso de estos afectados, si el alquiler de la vivienda fuera total y no por habitación, el arrendamiento habría sido fraudulento y se podría aplicar la prórroga de seis meses y el límite del 2% al alquiler. Legálitas explica que un alquiler de vivienda completa por 11 meses en el que los inquilinos han encadenado contratos hasta alcanzar tres años evidenciaría que el propietario quiere librarse del derecho a la prórroga, camuflando una vivienda habitual con un contrato de temporada. No obstante, al ser un alquiler por habitación, los inquilinos que recurren a estas plataformas quedan totalmente desprotegidos aunque su situación sea prácticamente la misma que la de un afectado que alquiló la vivienda entera. La diferencia reside en que el modelo de alquiler compartido no es considerado vivienda habitual y queda fuera de la LAU.