Vivienda

Así es como funcionan los nuevos seguros "antiokupas"

En 2022 se registraron 16.726 denuncias por ocupación de viviendas en España, es decir, más de 45 al día

Imagen de un chalet con las ventanas tapiadas en Leganés por el miedo de sus propietarios a que sea ocupado ilegalmente. © Jesús G. Feria.
Un chalet con las ventanas tapiadas Jesús G. FeriaLa Razon

La llegada del verano es un momento ansiado por muchas personas en nuestro país, ya que la temporada estival es sinónimo de buen tiempo, vacaciones y desconexión. No obstante, esta época estival también es especialmente problemática en lo que a "okupación" de vivienda se refiere, ya que es el momento del año en el que los hogares se quedan más desprotegidos.

La "okupación" ilegal se produce cuando una persona ocupa sin la debida autorización una casa, inmueble o edificio ajeno que no sea una residencia habitual o se mantenga en este espacio contra la voluntad de su titular. Tan solo el año pasado se registraron 16.726 denuncias por ocupación de viviendas, es decir, más de 45 al día, según el Ministerio del Interior. Ante este fenómeno que ocurre con mayor frecuencia de la deseada, cada vez son más las compañías de seguros las que comienzan a ofrecer una cobertura antiokupa o incluso seguros completos.

"Un seguro antiocupa es un producto independiente o una garantía adicional -incorporada en algunos seguros de hogar– que permite disponer de una amplia cobertura jurídica en caso de que se sufran las consecuencias de una ocupación, así como afrontar con más recursos y apoyo económico las reparaciones o los costes que pudieran producirse en concepto de daños materiales", explican desde la compañía de seguros, Generali Seguros.

¿Cómo protege uno de estos seguros?

Cualquier persona que tenga un hogar en propiedad y se quiera proteger contra posibles inconvenientes futuros podrá contratar un seguro de hogar. Aunque en el caso de que su preocupación principal sea evitar que entran los "okupas" ilegales, es recomendable que contraten un seguro específico o bien una cobertura complementaria del seguro de hogar o de vida que proteja al propietario ante esta problemática. Desde Generali explican que hay dos tipos de coberturas habituales:

  • Ofrecer asistencia jurídica en caso de "okupación": desde la compañía de seguros realizarán labores de asesoría, defensa y reclamación en diferentes contextos -tanto amistosos como en procesos judiciales-. Además, también podrán hacerse cargo de servicios como gastos de abogacía, los costes procesales o las tasas judiciales, entre otros.
  • Cubrir los posibles daños a la vivienda: las aseguradoras también podrán hacerse cargo de aquellos daños que se hayan producido a raíz de actos vandálicos o "malintencionados", e incluso facilitar asistencia en caso de siniestros.

No obstante, no todas las coberturas son iguales, sino que tendrán una serie de limitaciones en función de las compañías de seguros que las oferten. En este sentido, el seguro podría solo hacerse cargo de la asistencia por lo que no se responsabilizaría de los posibles desperfectos que se hayan producido en el domicilio después de una ocupación de vivienda. Asimismo, en el caso de que cubriera los posibles daños a la vivienda, desde la compañía de seguros explican que esta cobertura podría no incluir todos los actos vandálicos como pueden ser las pintadas o grafitis que se produzcan tanto el interior como en el exterior del hogar.