Banca

¿Avalar un préstamo? Estos son los riesgos que supone hacerlo

El aval es un contrato por el que una persona garantiza el cumplimiento de obligaciones, asumiendo el pago una deuda de otra persona si esta no lo realiza

Imagen de archivo de personas intercambiando documentos
Personas intercambiando documentosUnsplash

Los avales suelen ser un instrumento imprescindible que solicita la entidad bancaria cuando una persona se dispone a firmar un préstamo y no es suficientemente solvento o no ofrece las garantías suficientes de que podrá hacer frente a la deuda contraída. "El aval es un contrato por el que una persona física o jurídica garantiza o asegura el cumplimiento de obligaciones, asumiendo el pago una deuda de otra persona si esta no lo realiza", explica el Banco de España (BdE).

En el caso de que una persona decida avalar un préstamo, esta tendrá que asumir la deuda si a quién hemos avalado deja de pagar y responder con todo su patrimonio presente y futuro. Tanto al avalista como al deudor se les exige que tengan capacidad de pago, es decir, que tengan ingresos suficientes, no tengan deudas pendientes de pago y un nivel de patrimonio suficiente para hacer frente al préstamo.

De acuerdo con el BdE, el aval bancario deberá contener la siguiente información:

  • La identificación del avalista, del avalado y el beneficiario del aval.
  • La concreción de la obligación garantizada.
  • El plazo de duración y la exigibilidad de la garantía.
  • Los requisitos para que el beneficiario pueda ejecutar el aval o exigir su cumplimiento.
  • Las condiciones para la cancelación en el caso de que no exista una fecha concreta para ello.
  • Comisiones y gastos a pagar por el avalados en los prestados por entidades.

Riesgos que asume el avalista

El riesgo dependerá de las características del aval prestado y de las probabilidades de que la persona avalada incumpla sus obligaciones. Asimismo, para conocer el peligro de esta operación será imprescindible saber cuál será la duración de ese aval, ya que no se cancelará o extinguirá hasta que no lo haga aquella obligación principal de la persona avalada.

Por norma general, el aval prestado es solidario, de manera que el acreedor o beneficiario del aval "tendrá derecho a exigir el cumplimiento de la obligación tanto al avalado como al avalista de modo indistinto", explican desde el blog Finanzas para todos. En el caso de que finalmente sea el avalista quien acabe cumpliendo con la obligación del avalado, este tendrá derecho a exigirle lo pagado por su parte con intereses y gastos.

"Precisamente por todos los riesgos que asume, el avalista debe conocer todas las condiciones del préstamo y evaluar si está dispuesto a asumirlo en caso de que el avalado no pueda pagar esa deuda", sentencian desde el blog.