Empleo

¿Las empleadas del hogar pueden cobrar la jubilación anticipada?

El Sistema Especial de Empleados de Hogar da cobertura a las personas que trabajan y a las que dan empleo en el ámbito doméstico

Una empleada del hogar realiza su trabajo en un domicilio de Madrid
Una empleada del hogar realiza su trabajo en un domicilio de MadridDani CaballoAgencia EFE

El trabajo doméstico se ha tenido que enfrentar durante años a una injustificada infravaloración. No obstante, tras años de lucha, las empleadas del hogar han conseguido que se les reconozcan una serie de derechos laborales básicos, y sus condiciones de trabajo se equiparen al del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena en el ámbito laboral y en el de la Seguridad Social.

El Sistema Especial de Empleados de Hogar es aquel que "da cobertura a las personas que trabajan y a las que dan empleo en el ámbito doméstico", generando obligaciones y garantizando una serie de derechos, según explican desde la Seguridad Social. No obstante, este sistema, a pesar de contemplar algunas particularidades, está integrado en el Régimen General. Entonces, ¿qué ocurre cuando llega el momento de jubilarse?

La jubilación de las empleadas del hogar se equipara a la del resto de trabajadores en régimen general, por lo que la edad legal de jubilación ordinaria serán los 65 años si se tiene un mínimo de 37 años y 9 meses cotizados en 2023. No obstante, en el caso de que hayan cotizado menos, tendrán que esperar hasta los 66 años y 4 meses para acceder a la pensión de jubilación.

Además, existe la opción de jubilarse hasta 24 meses antes de la edad legal ordinaria en caso de jubilación anticipada voluntaria, es decir, a partir de los 63 años siempre que se haya cotizado un mínimo de 37 años y 9 meses o a los 64 años y 4 meses si se ha cotizado menos. En el caso de jubilación anticipada involuntaria o forzosa, la edad se podrá adelantar hasta 48 meses, es decir, a partir de los 61 años si se han cotizado 37 años y 9 meses o más o a los 62 años y 4 meses, si no se ha alcanzado dicha cotización.

Pero, ¿las empleadas del hogar pueden cobrar la jubilación anticipada? ¿Y la parcial? La respuesta desde la Seguridad Social es que sí, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos. Por ejemplo, los trabajadores domésticos podrán recibir cualquiera de las dos pensiones y abandonar el mercado laboral de forma voluntaria o forzosa antes de tiempo si "computan cotizaciones en el Régimen General” y se han cotizado un mínimo de 15 años, dos de los cuales deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores a la solicitud de la pensión.