Empleo

Esta es la ayuda a la que tienes derecho si eres autónomo y vas a tener un bebé

Los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a una prestación económica por nacimiento y cuidado del menor que equivaldrá al 100% de la base reguladora de cotización

Bebé recién nacido en la cama del hospital
Bebé recién nacido en la cama del hospital Dreamstime

Formar una familia entra en los planes de futuro de muchas personas en todo el mundo, sin embargo, la llegada de un nuevo miembro implica no solo una dedicación de tiempo, sino también de dinero. La conciliación familiar es una de las grandes trabas para aquellas mujeres que trabajan por cuenta propia. Por ello, desde el Estado aportan a estas madres autónomas una protección social, proporcionándolas ciertas ayudas, prestaciones y bonificaciones para paliar la escasez de ingresos durante el periodo de baja por maternidad.

Cuantía de la baja por maternidad

Pero, ¿cuánto se cobra de baja por maternidad? Los autónomos tienen derecho a una prestación económica por nacimiento y cuidado del menor que equivaldrá al 100% de la base reguladora de cotización. La cuantía diaria la suma de las bases de cotización acreditadas a este régimen especial durante los seis meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante y dividirlo entre 180.

Requisitos para cobrar la prestación por maternidad

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Tener cubierto un período mínimo de cotización según la edad. En el caso de que los trabajadores tengan menos de 21 años en la fecha de nacimiento o de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituye la adopción no se exigirá período mínimo de cotización. Si tienen cumplidos 21 años y son menores de 26 se exigirá haber cotizado 90 días en los siete años anteriores a la solicitud de la prestación o 180 días a lo largo de su vida laboral. En cambio, a partir de los 26 años, se deberán hacer cotizado 180 días en los siete años inmediatamente anteriores a la solicitud de la prestación o 360 días a lo largo de su vida laboral. Si no se llega al mínimo cotizado, no se podrá acceder a esta baja, aunque si que se podrá optar a la prestación no contributiva por maternidad
  • Estar al corriente en el pago de todas las cuotas de autónomo, es decir, no tener ninguna deuda con la Seguridad Social.

Duración de la baja por maternidad

La duración de la baja por hijo es de 16 semanas desde el nacimiento o la resolución judicial de adopción o acogida. No obstante, hay ciertas situaciones en las que se puede ampliar:

  • Adopciones o acogimientos múltiples: se extenderán dos semanas -una para cada progenitor- por cada hijo a partir del segundo.
  • Discapacidad: la baja se extenderá dos semanas más en caso de discapacidad del bebé -una para cada progenitor-.
  • Hospitalización del menor o parto prematuro: la baja se ampliará hasta un máximo de 13 semanas, aunque este no se aplicará en el caso de una adopción. Por tanto, el total de la baja sería de 29 semanas.

Además, complementando a esta baja, las trabajadoras autónomas también tienen derecho a disfrutar del permiso de lactancia hasta que el bebé cumpla 9 meses de edad, siempre y cuando el médico de la Seguridad Social o de la Mutua lo firme previamente. "Las madres autónomas que accedan a este permiso de lactancia cobrarán también el 100% de su base reguladora", explican desde TaxScouts.

Extinción de la baja por maternidad

  • Por el transcurso de los plazos máximos de duración de los períodos de descanso.
  • Por la reincorporación voluntaria al trabajo del beneficiario del subsidio con anterioridad al cumplimiento del periodo solicitado. La incorporación voluntaria y prematura al trabajo supone la extinción del derecho a la prestación, no solo de la que se esté disfrutando en ese momento, sino también la que reste (o quede) por disfrutar.
  • Por fallecimiento del beneficiario.
  • Por adquirir el beneficiario la condición de pensionista de jubilación o incapacidad permanente.

Otras ayudas por maternidad para autónomas

Además de la baja por maternidad, desde TaxScouts destacan otros beneficios a los que tienen acceso las madres autónomas:

  • Tarifa plana para madres autónomas que dejaron su actividad al ser madre y la retoman en los siguientes dos años. Estas tendrán derecho a la tarifa plana de 80 euros aunque no cumplan los requisitos.
  • Bonificación del 100% de la cuota de autónomos durante un año para cuidar a menores o personas dependientes. Si esta persona tiene un hijo con algún grado de discapacidad igual o superior al 33%, podrá dejar de pagar la cuota de autónoma siempre y cuando pueda demostrar que ha contratado un trabajador que le supla.
  • Ayuda de 100 euros al mes a madres trabajadoras.
  • Cheque guardería para madres trabajadoras que permite restar hasta mil euros anuales en la declaración de la Renta a aquellas que tengan niños de hasta 3 años. Asimismo, en la declaración también se podrá restar el mínimo por descendientes, que va desde los 2.400 euros por el primer hijo hasta los 4.500 euros por el cuarto.