Seguros

El Gobierno obligará a que los patinetes eléctricos estén registrados y tengan un seguro de responsabilidad civil

Esta exigencia se extiende a los vehículos agrícolas e industriales. Habrá un registro de vehículos ligeros antes del 2 de enero de 2026, según el proyecto de ley de Seguros Automóviles, que también aumenta las indemnizaciones por accidente de tráfico

Imagen de una chica sobre un patinete eléctrico de alquiler.
Imagen de una chica sobre un patinete eléctrico de alquiler.Jesús G. FeriaLa Razon

Los seguros obligatorios para patinetes eléctricos están a un paso de convertirse en realidad. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley de Seguros Automóviles que incluye, por primera vez, la obligación de contar con un seguro de responsabilidad a los propietarios de patinetes eléctricos y pondrá en marcha un registro de este tipo de vehículos ligeros que tendrá que estar listo antes del 2 de enero de 2026. La normativa también obliga a contratar un seguro para vehículos agrícolas e industriales con el fin de ayudar en la resolución de conflictos en la tramitación de siniestros

Asimismo, el proyecto de ley mejora las indemnizaciones, amplía la cobertura y da mayor seguridad a las víctimas de accidentes en caso de insolvencia por parte de las entidades aseguradoras. El texto transpone la Directiva 2021/2118, que aclara qué se debe considerar un vehículo a motor y el hecho de la circulación, y ahora se remitirá al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria.

Más vehículos necesitarán seguro, como los patinetes eléctricos

La transposición de la directiva amplía la definición de vehículos a motor, lo que conlleva la extensión del seguro obligatorio a vehículos agrícolas o industriales, que hasta ahora estaban exentos, y da seis meses a los propietarios de estos vehículos, desde la publicación de la ley, para contratar un seguro.

Asimismo, en el anteproyecto se introduce el concepto de vehículo personal ligero, que son los vehículos a motor que pueden alcanzar una velocidad entre 6 y 25 km/h si su peso es inferior a 25 kilos o una velocidad entre 6 y 14 km/h si pesan más.

Estos vehículos, entre los que se encuentran, por ejemplo los patinetes eléctricos, deberán disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil. "Se busca aquí compatibilizar el impulso al transporte urbano sostenible con la protección a las víctimas de accidentes causados por estos nuevos vehículos", señala el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa en un comunicado.

En total, más de dos millones de máquinas tendrán que ser aseguradas, lo que supone 200 millones de euros de negocio, de los cuales, 30 millones repercutirán en los distribuidores, según los últimos cálculos de la Fundación Inade.

Con el fin de establecer las características y alcance de esta modificación, la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración dispondrá de seis meses desde la publicación de la Ley para emitir una propuesta de desarrollo reglamentario del seguro obligatorio para estos vehículos personales ligeros. Asimismo, el Gobierno deberá poner en marcha un registro público de vehículos personales ligeros antes del 2 de enero de 2026.

Mejora de las indemnizaciones

La norma introduce también mejoras en las indemnizaciones a las víctimas, ya que tienen como objetivo agilizar el procedimiento de valoración de las mismas, evitando en lo posible la vía judicial al permitir acudir a cualquier alternativa extrajudicial de resolución de conflictos; facilita informes médicos y atestados policiales de manera gratuita, y establece plazos más reducidos de valoración médica y emisión de informes, entre otras medidas.

Por lo que respecta a los importes de las coberturas, se actualizarán conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC). Y se incrementan o se amplían algunos supuestos indemnizatorios para mejorar la cobertura de los afectados, como es el caso por ejemplo de las personas dedicadas a las tareas del hogar de la unidad familiar.

Con el objetivo también de dar mayor seguridad a las víctimas de accidentes de tráfico, se amplían los supuestos de indemnización cubiertos por parte del Consorcio de Compensación de Seguros, que asumirá los de accidentes en caso de insolvencia por parte de las entidades aseguradoras.

Finalmente, se modifica la Ley 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras que permitirá incrementar y mejorar las facultades de control del supervisor para garantizar la idoneidad de las personas que dirigen la aseguradora; y la introducción de planes preventivos de recuperación como herramienta de anticipación y de gestión de crisis de las aseguradoras