
Mercado inmobiliario
El Gobierno rechaza la solicitud de registro de más de 10.000 alquileres de temporada, turísticos y de habitaciones
El 1 de julio se activa el fichero único de arrendamientos de corta duración

A tres semanas para que el 1 de julio se active el registro único de alquileres de corta duración (turísticos, de temporada o de habitaciones), el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (Mivau) ha recibido 98.126 solicitudes para obtener el número para poder arrendar de forma legal estos alojamientos, de las que ha concedido 51.087 (52%) y ha rechazado 10.675, un 11%. El resto de peticiones, 36.364, están todavía en fase de evaluación por parte de los registradores, lo que equivale al 37% de las recibidas, según los datos que maneja Vivienda y Agenda Urbana citados por Efe.
El Gobierno aprobó en diciembre el Real Decreto por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, para crear un registro único de arrendamientos de corta duración. El registro, que entró en vigor el 2 de enero, se aplicará de forma efectiva a partir del 1 de julio, finalizado el período de transición para que empresas y administraciones se adapten a lo dispuesto en la norma.
España se convertirá así en el primer país de la Unión Europea que pone en marcha el reglamento europeo por el que se establece la obligación a los Estados miembros de crear un sistema de información en materia de alquileres de corta duración, a través de un sistema de registro y de obtención de un número de identificación para el alquiler de corta duración de una vivienda.
Las prisas del Ejecutivo por poner en marcha la medida provienen en parte del coladero en el que se han convertido este tipo de alojamientos para escapar de la regulación del mercado que ha establecido la Ley de Vivienda y de la que están exentos este tipo de alojamientos, que han crecido con fuerza en los últimos meses. Los alquileres de temporada, por ejemplo, avanzaron un 25% en el primer trimestre del año y ya representan el 14% del total del mercado, según datos de Idealista. En paralelo, la oferta del segundo retrocedió un 3% añadiendo así más presión a los precios, según los datos publicados por la web inmobiliaria.
Condiciones
La norma opera sobre los alquileres turísticos, de temporada, de habitaciones o de otras propiedades que permitan el alojamiento de corta duración y que conlleven una remuneración económica, siempre y cuando se oferten a través de plataformas en línea transaccionales. Los servicios de alquiler de corta duración pueden recaer sobre la totalidad de una finca urbana o parte de ella, también comprenderán el alojamiento en buques, embarcaciones o artefactos navales, siempre que aquel no esté vinculado a un servicio que posibilite o determine la navegación, en cuyo caso se regirá siempre por la legislación aplicable.
En virtud de la norma, los arrendadores deberán obtener un número de registro, proporcionar información actualizada y atender requerimientos relacionados con su actividad. Asimismo, están obligados a comunicar cualquier cambio en los datos proporcionados y a informar a las plataformas en línea del número asignado por el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles.
La gran mayoría del total de solicitudes recibidas por Vivienda, el 76%, son para alquiler turístico (74.448), de las que 38.235 (51%) han sido aceptadas y 8.723 (12 ) han sido rechazadas.
Entre los principales mercados, en Cataluña las solicitudes contabilizadas hasta ahora ascienden a 22.044, lo que supone el 22 % del total nacional, siendo la segunda comunidad autónoma con mayor número de solicitudes, después de Andalucía.
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