Pensiones

Jubilarse anticipadamente si sus ingresos superan la pensión máxima: ¿conviene retirarse en 2023 o es mejorar esperar hasta 2024?

Los coeficientes reductores que se aplican a las pensiones teóricas que resulten superiores a la máxima cambian

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Una pareja jubilada en Gijón PlatónPlatón

"¿Se reducirá o no el importe de su pensión por jubilación anticipada voluntaria, por la entrada en vigor en 2024 de la transitoria con los nuevos coeficientes reductores aplicables a las pensiones de aquellos que accedan a la jubilación anticipada voluntaria y les resulten pensiones teóricas (una vez aplicados a la base reguladora los coeficientes por periodo cotizado y antes de aplicar el coeficiente reductor por anticipación) superiores a la pensión máxima?". Esta es la pregunta que plantea Instituto BBVA de Pensiones y que resuelve a continuación. No obstante, antes de conocer la respuesta, hay que conocer la edad de jubilación anticipada cada año y cómo cambian los coeficientes reductores.

Edad de jubilación anticipada en 2023 y 2024

La jubilación anticipada permite retirarse hasta 24 meses (2 años) antes de la edad legal ordinaria. Por lo tanto, para acogerse a la jubilación anticipada voluntaria en 2023 se requiere tener al menos una edad de 64 años y 4 meses en caso de contar con menos de 37 años y 9 meses de cotización, o de 63 años en caso de haber cotizado 37 años y 9 meses o más. En 2024, se retrasarán dos meses la edad ordinaria de jubilación, por lo que para acceder a la jubilación anticipada voluntaria en ese año será necesario tener al menos una edad de 64 años y 6 meses en caso de contar con menos de 38 años de cotización. Si se ha cotizado más, será posible retirarse anticipadamente a los 63 años.

Además, para poder acceder a la jubilación anticipada voluntaria se requiere haber cotizado al menos 35 años, de los cuales 2 años de cotización deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores al hecho causante, que suele ser el cese de la actividad laboral. Dentro de esos años cotizados, se tendrá en cuenta el periodo de tiempo destinado a la realización del servicio militar, la prestación social sustitutoria y del servicio social femenino (este último como novedad desde 1 de enero de 2022), con un máximo computable de 1 año.

Coeficientes reductores

Para pensiones causadas desde el 1 de enero de 2022 se aplican unos nuevos coeficientes reductores por jubilación anticipada, que son mensuales (a diferencia de los que se aplicaban hasta 31/12/2021 que eran trimestrales). Esos coeficientes reductores varían dependiendo del número de meses de adelanto de la jubilación respecto a la edad ordinaria y del periodo de cotización que se acumule. Además, también varían en función de si se trata de jubilación anticipada voluntaria o forzosa.

BBVA analiza el caso de cómo afectará jubilarse anticipadamente en 2023 o en 2024 a un trabajador que haya alcanzado una pensión superior a la máxima fijada cada año. En el año 2023, la pensión máxima de jubilación en España se sitúa en los 3.059,23 euros al mes (42.829,29 euros al año). Hasta 31 de diciembre de 2023 permanecerá vigente el sistema aplicado hasta 31 de diciembre de 2021 para esos beneficiarios con pensión (antes de aplicar los coeficientes reductores por anticipación) superior a la pensión máxima.

Es decir, para jubilaciones anticipadas causadas hasta 31 de diciembre de 2023, para aquellos trabajadores con bases reguladoras superiores a la pensión máxima (3.058 euros mensuales en 2023) únicamente se aplicará una reducción sobre ese importe de pensión máxima de un 0,5% por trimestre o fracción de trimestre de adelanto, con un máximo de reducción del 4% de la pensión máxima en caso de que se adelantasen 2 años (24 meses) la jubilación.

En concreto, la penalización es la siguiente según los meses de adelanto:

-Con un anticipo de 3 meses, la penalización es del 0,5% y la pensión a cobrar es de 3.044 euros mensuales.

-Con un anticipo de entre 3 y 6 meses, la penalización es del 1% y la pensión a cobrar es de 3.029 euros mensuales.

-Con un anticipo de entre 6 y 9 meses, la penalización es del 1,5% y la pensión a cobrar es de 3.014 euros mensuales.

-Con un anticipo de entre 9 y 12 meses, la penalización es del 2% y la pensión a cobrar es de 2.998 euros mensuales.

-Con un anticipo de entre 12 y 15 meses, la penalización es del 2,5% y la pensión a cobrar es de 2.983 euros mensuales.

-Con un anticipo de entre15 y 18 meses, la penalización es del 3% y la pensión a cobrar es de 2.968 euros mensuales.

-Con un anticipo de entre 18 y 21 meses, la penalización es del 3,5% y la pensión a cobrar es de 2.953 euros mensuales.

-Con un anticipo de entre 21 y 24 meses, la penalización es del 4% y la pensión a cobrar es de 2.937 euros mensuales.

En el caso de las pensiones de jubilación anticipada voluntaria, que se causen a partir de 1 de enero de 2024, por personas con pensiones teóricas que, antes de aplicar los coeficientes reductores por anticipación, sean superiores a la pensión máxima, se aplica una transitoria. De acuerdo a esa transitoria, se eliminará gradualmente, durante un periodo de 10 años a partir del 1 de enero de 2024, la normativa anterior (que aplica los coeficientes reductores sobre base reguladora). Los coeficientes aplicables según los meses de anticipo y los años cotizados se pueden consultar en estas tablas elaboradas por BBVA.

Suponiendo que se adelante la jubilación el máximo 24 meses (2 años) y la persona causante de pensión haya cotizado menos de 38 años y 6 mese, en 2024 el coeficiente reductor aplicable a personas con pensión teórica máxima sería un 5,7%, frente a un 4% que se le aplicaría si se jubilase en 2023.

Por lo tanto, ¿conviene adelantar la jubilación anticipada a 2023 o es mejor esperar a 2024?

Lo que hay que preguntarse en este caso si la evolución de la pensión máxima en 2024 absorberá el incremento de coeficiente en 2024 respecto al de 2021. En 2024 las pensión máxima se revalorizará con la inflación media anual, que según Funcas rondará el 4,7%. Por lo tanto, la respuesta es sí, la subida de la pensión máxima absorbería el mayor coeficiente que se aplicará en 2024, no habiendo pérdida por jubilarse en 2024 respecto a 2023.

Además, hay que tener en cuenta en cuenta que, al retrasar al menos un mes la misma (por ejemplo, de diciembre 2023 a enero 2023), se aplicaría una menor penalización por los meses de menos de adelanto.

Por lo tanto, no hay mayor penalización en 2024 que en 2023, salvo en la revalorización, ya que, jubilándose anticipadamente en 2023, la pensión a partir de enero de 2024 se incrementaría en el IPC interanual medio del año previo a diciembre 2023 (estimación actual un 4,7%), lo que no ocurriría en caso de jubilarse a partir de enero de 2024. Y es que probable que la inflación sea más baja en 2024.