Sanidad Pública

La persecución a los profesionales médicos por parte del Ministerio de Trabajo

Si hay un sector en el que el tipo de relación debe ser en régimen de autónomo y de colaboración, es precisamente el sector sanitario

Centenares de doctores autónomos y centros médicos reciben la visita de la Inspección de Trabajo/ Dreamstime
Centenares de doctores autónomos y centros médicos reciben la visita de la Inspección de Trabajo/ Dreamstimelarazon

Los falsos autónomos. Qué palabra tan utilizada en este nuestro país. Y los que más la utilizan en los últimos tiempos: los inspectores de Trabajo.

Los falsos autónomos. Qué palabra tan utilizada en este nuestro país. Y los que más la utilizan en los últimos tiempos: los inspectores de Trabajo. Existe una verdadera persecución detrás de centenares de centros médicos y de doctores autónomos en España, quienes reciben la visita de un inspector o subinspector de Trabajo, y se reúne con los trabajadores médicos con el fin de poder evaluar el «modus operandi» y relación profesional con los centros médicos, concluyendo mediante actas, en todos los casos, que la relación que mantienen los medicos con el centro es laboral, y no mercantil en régimen de autónomos tal como se defienden. Lo que no se logra entender es la razón por la que existe esta persecución laboral frente a un ámbito tan importante (y a la vez tan necesario) como es el sector sanitario, con todos los problemas que ya tiene de por sí (el horario laboral, falta de personal, etc).

Si hay un sector en el que el tipo de relación debe ser en régimen de autónomo y de colaboración, es precisamente el sector sanitario. Son varios los factores que hacen considerar al profesional médico como autónomo, siendo que trabaja en régimen y por cuenta propia:

El centro médico tiene un conjunto de instalaciones (salas de visita, maquinaria, recepción...) y servicios, puestos a disposición de un conjunto de profesionales médicos, quienes colaboran mediante un contrato mercantil con el centro médico. Es decir, la relación que existe entre los médicos y el centro es una relación puramente mercantil. En virtud de lo anterior, los médicos – quienes actúan en régimen de autónomos independientes– atienden puntual y religiosamente a sus cuotas de autónomos mensuales. Estos médicos pueden hacer uso de las instalaciones y servicios del centro médico, a cambio de una remuneración económica al centro, por cada paciente.

Los profesionales médicos reciben tanto a pacientes que son asiduos en el centro, como también pacientes personales del propio médico.

Por una razón puramente de organización, normalmente, el centro médico es quien emite factura y cobra de los pacientes, siendo que a final de cada mes emite una factura unitaria a cada uno de los profesionales, con el importe que le corresponde, derivado del uso y servicios a cada uno de sus pacientes.

El sistema económico anterior responde a una razón organizativa, pues las empresas aseguradoras (Sanitas, Adeslas...) no aceptan que los médicos les emitan facturas puesto que a ellos no se le facilitan por estas compañías las llamadas «contraseñas de facturación».

Es decir, el centro médico tiene los conciertos con las empresas aseguradoras, y mediante este sistema, los pacientes se ponen en contacto con los profesionales médicos que necesitan, y éstos atienden a los pacientes en las instalaciones sanitarias. Además, se debe tener en cuenta que cada uno de los profesionales médicos hace uso de sus propias herramientas médicas.

Así, resulta a todas luces una clara falta de respeto – a la par que una clara, flagrante y sistemática vulneración de los derechos tan fundamentales como son la libertad profesional de los médicos, derecho a trabajar (derechos fundamentes de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea incorporada al Tratado de la Unión Europea mediante el Tratado de Lisboa en el año 2007), y el derecho a obtener una buena gestión– la actitud mantenida por parte del gobierno versus el profesional médico.

Así, se están realizando en España una serie de «persecuciones» laborales en el sector de los profesionales médicos, con el objeto de dar de alta, en el régimen general, produciéndose continuas sanciones a las clínicas privadas, unilateralmente.

En estas actuaciones o reuniones con los profesionales, se vulneran sus derechos –incluso sus más elementales derechos de libertad de expresión– desde el momento en que no se tienen en cuenta sus declaraciones. Numerosas han sido las denuncias presentadas por los médicos, incluso penales, en el que ponían de manifiesto la actitud amenazadora y coercitiva de los inspectores y subinspectores de trabajo, quienes han hecho caso omiso a estas declaraciones, dando por hecho que los médicos tienen una relación estrictamente laboral con los centros médicos.

Resulta una total falta de cumplimiento por parte del Ministerio de Empleo a la Carta de Derechos Fundamentes de la Unión Europea, quien únicamente busca alterar la forma de trabajar, obligando a los profesionales a darse de alta (de hecho, son dados de alta automáticamente) en el Régimen de la Seguridad Social, con los perjuicios que ello comporta para ellos.

Y lo más grotesco de todo es que no existe todavía a día de hoy una legislación específica en España que regule esta situación. En el año 2011 se dispuso una disposición final en la Ley de la Seguridad Social, encaminada a dar voluntad de cumplimento, mediante legislación, a la relación que existe entre los profesionales médicos y los centros.

Todo lo anterior nos ha llevado a tener que poner este asunto en manos de las instituciones europeas, quienes serán muy pronto conocedoras de estos hechos a través de una denuncia formal presentada ante la Comisión Europea.

*Socio de Navas & Cusí Abogados