Sueldos
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Los agentes sociales alcanzan un nuevo acuerdo que recoge subidas de los salarios de al menos un 10% hasta 2025
Sindicatos y patronal ultiman los detalles de un nuevo Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) que guiará las negociaciones de los convenios colectivos durante los próximos tres años, recomendando subidas salariales de al menos un 10% hasta 2025. Este lunes, el Comité Ejecutivo de la patronal CEOE ha aprobado, por unanimidad, el texto para el nuevo acuerdo, que será el quinto de este tipo y fijará subidas más elevadas que el anterior -firmado en 2018 con subidas del 6% para tres años- por el impacto de la inflación. UGT también ha reunido este lunes a su ejecutiva y CCOO ha convocado mañana reunión del comité confederal para valorar las condiciones del acuerdo.
¿A qué trabajadores beneficia el acuerdo?
10,7 millones de trabajadores asalariados están afectados por un convenio colectivo y podrán ser potenciales beneficiarios del acuerdo. Estos son el 51,94% de los 20,6 millones de afiliados a la Seguridad Social y el 62,20% de los 17,2 millones de afiliados que son asalariados.
¿Cuánto subirán sus salarios?
Los sueldos de los trabajadores afectados por un convenio colectivo deberían subir un 10% hasta 2025, a razón de un 4% en 2023, un 3% en 2024 y otro 3% en 2025. Además, el acuerdo recoge una una cláusula de garantía salarial que se activaría en función de la evolución de la inflación y que podría implicar un alza adicional de hasta el 1% cada año. Por lo tanto, los salarios podrían subir hasta un 13% en los próximos tres años. Sectores críticos con la gestión del presidente de la patronal, Antonio Garamendi, no están conformes con esta cláusula de garantía salarial que se activaría en función de la evolución de la inflación.
¿Las empresas están obligadas acometer estas subidas?
El AENC es un texto en el que sindicatos y empresarios recogen recomendaciones para sus negociadores de convenios colectivos, en el que suelen incluir tanto una senda salarial, como otras materias relacionadas con el empleo, por ejemplo cuestiones relativas a la contratación. Aunque sirve de guía a empresarios y sindicatos cuando se sientan a negociar un convenio colectivo, no es de obligado cumplimiento. Por lo tanto, el acuerdo no garantiza una subida de sueldo para todos los trabajadores a los que ampara.
Según la estadística de Trabajo, la mayor parte los convenios registrados hasta marzo no cuentan con cláusula de revisión salarial para evitar pérdidas de poder adquisitivo. En concreto, de los 2.186 convenios contabilizados en el primer trimestre, sólo el 15,8% (345) contaban con una cláusula de garantía salarial y de ellos, 243 contemplan que ésta se aplique con efectos retroactivos. Los convenios que recogen cláusula de revisión afectan a algo más de 1,77 millones de trabajadores de los 6,74 millones amparados por los convenios registrados hasta marzo, el equivalente al 26,25% del total. Así, el grueso de los trabajadores (casi tres de cada cuatro) carecen de cláusulas de salvaguarda en sus convenios colectivos.
¿Cuándo subirán las empresas los salarios?
Además de no estar obligadas a acometer las subidas recomendadas en el acuerdo, hay que tener en cuenta que los convenios colectivos no se firman necesariamente con una vigencia de tres años ni en los plazos marcados por los agentes sociales. Por lo tanto, habrá que empresas que ahora mismo estén negociando sus convenios colectivos y otras que aún tengan un convenio vigente, lo que dará lugar a grandes diferencias en las subidas salariales experimentadas por los trabajadores.
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