Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo protege a los autónomos: Hacienda no podrá negar deducciones en el IRPF

El alto tribunal determina que no es imprescindible estar afiliado al RETA para ser considerado autónomo

El Tribunal Supremo confirma que este motivo podría anular la suspensión de empleo y sueldo impuesta por una empresa a su trabajador
El Tribunal Supremo confirma que este motivo podría anular la suspensión de empleo y sueldo impuesta por una empresa a su trabajadorLa Razón

Ser autónomo en España es sinónimo de flexibilidad, libertad profesional y capacidad de emprender. Sin embargo, afrontar este reto supone asumir una serie de desafíos que complican el día a día de quienes desean trabajar por cuenta propia.

Y es que aunque en los últimos años se han introducido reformas orientadas a mejorar las condiciones del colectivo, muchos de los problemas siguen estando presentes. La carga fiscal o la inseguridad económica son algunas de las consecuencias de comenzar a emprender en España.

No obstante, aunque siguen existiendo numerosos impedimentos o trabas, la protección a estos trabajadores sigue aumentando. Esta vez, ha sido el Tribunal Supremo el que se ha encargado de defender los derechos de estos ciudadanos.

Los autónomos podrán realizar deducciones

Nueva defensa sobre los autónomos. El pasado 8 de octubre, el Tribunal Supremo dictó sentencia acerca de los derechos de estos trabajadores en la declaración de la renta. En concreto, el alto tribunal obliga a la Agencia Tributaria a permitir las deducciones y reducciones en el IRPF de los autónomosque cobran a través de una sociedad, aunque no estén dados de alta y no coticen en el Régimen Especial para Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.

De esta forma, se determina que no es imprescindible estar afiliado al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para ser considerado autónomo a efectos fiscales ante la Agencia Tributaria. Una decisión que abre la puerta a que muchos contribuyentes puedan aplicar deducciones vinculadas a actividades económicas en su declaración de la Renta, incluso si no cotizan a la Seguridad Social.

El fallo determina que los autónomos tendrán derecho a estas deducciones aunque estén cometiendo una infracción. Y es que si el autónomo debe cotizar en la Seguridad Social y no lo hace, será la Administración la que deberá multar al trabajador por cometer una infracción grave, sin tratar de manera distinta los rendimientos de trabajo del ciudadano.

Asimismo, la sentencia cobra especial relevancia para los autónomos que tienen una empresa ya que obliga a la Agencia Tributaria a aceptar sus rendimientos, reducciones y deducciones fiscales que apliquen sobre ellos por los gastos de realizar su trabajo.

¿Qué cambia a partir de la sentencia?

Hasta la fecha, Hacienda solía vincular la afiliación al RETA con la calificación de los ingresos como rendimientos de actividades económicas. Esto implicaba que, si un contribuyente no estaba dado de alta como autónomo, la Agencia Tributaria solía interpretar que sus ingresos procedían del trabajo personal y no de una actividad empresarial o profesional, lo que limitaba el derecho a reclamar multitud de deducciones.

A partir de ahora, no se exigirá una afiliación formal para que los ingresos sean considerados de naturaleza económica, siempre que se cumplan las condiciones para estar dentro de este régimen.

¿Qué podrán deducirse estos trabajadores?

Según explican desde 'Pymes y Autónomos', si los rendimientos se consideran procedentes de una actividad económica, el contribuyente puede deducir los gastos necesarios para el desarrollo de su actividad, como suministros, material, amortizaciones o servicios profesionales.

Asimismo, este nuevo enfoque puede beneficiar a determinados profesionales que realizan actividades esporádicas o a tiempo parcial y que, hasta ahora, se encontraban en una zona gris entre el trabajo por cuenta ajena y la actividad autónoma.

A partir de la interpretación del Supremo, los implicados podrán justificar sus deducciones sin necesidad de haber completado el alta formal en la Seguridad Social, siempre que cumplan las condiciones materiales del RETA.

Los autónomos, en pie de guerra

Trabajadores por cuenta propia de toda España, unidos en la Plataforma por la Dignidad de los Autónomos, han convocado una manifestación nacional el próximo día 30 para denunciar la "precariedad" en la que se ven obligados a trabajar bajo el lema "Autónomos asfixiados, basta ya". Los autónomos quieren mostrar con estas reivindicaciones su precaria situación laboral y reclamar unas “condiciones dignas de trabajo”

Durante la manifestación principal que se celebrará en Madrid se leerá el "Manifiesto Nacional de los Autónomos", en el que se denunciarán el incremento de costes y cuotas pese a la caída de ingresos; la falta de protección social equiparable a la de los asalariados; el retraso en la aplicación de la exención del IVA para autónomos que facturen menos de 85.000 euros; la burocracia “asfixiante” que impide cobrar ayudas o facturar con normalidad y la desaparición acelerada del comercio local.