El desafío independentista

La Fiscalía denuncia el tercer grado encubierto otorgado por la Generalitat a Forn

El Ministerio Público advierte que la situación de semilibertad de la que disfruta genera desconfianza de la sociedad en la Justicia

Forn sale de prisión por el 100.2 para trabajar como jurista en Mediapro
El exconseller de Interior Joaquim FornSusanna SáezAgencia EFE

La Fiscalía de Barcelona se ha opuesto a la concesión del régimen de semilibertad que la prisión de Lledoners ha concedido al exconsejero de Interior de la Generalitat a Joaquim Forn, condenado a 10 años y seis meses de cárcel en la causa del “Procés”. El Ministerio Público sostiene que no se dan los requisitos legales para la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que le va a permitir salir de la prisión de lunes a viernes de siete y media de la mañana a ocho de la tarde, regresando a la cárcel para cenar y dormir. Durante esos días, trabajaría en el área jurídica de Meidapro, de la que es principal accionista Jaume Roures, en concreto en el Departamento de Derecho Público.

El fiscal alude en el informe de oposición remitido al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria a la gravedad de la pena impuesta, al delito por el que fue condenado, sedición, y al poco tiempo de cumplimiento que lleva, y, de forma especial, al hecho de que el área laboral en el que desarrollaría su trabajo en la citada citada empresa audiovisual no tiene ninguna relación con el delito de sedición por el que fue condenado, «no pudiéndose considerar que la actividad laboral forme parte de su tratamiento».

Pero, fundamentalmente, el Ministerio Público viene a denunciar que con la aplicación del mencionado artículo se facilita a Forn el trabajo en el exterior de la cárcel «en una situación equivalente al tercer grado». La única diferencia radicaría, además de los días de permisos al año, en que el ex consejero de Interior tendrá que permanecer en prisión los fines de semana y los clasificados en tercer grado estarían en sus domicilios. Y, junto a ello, la Junta de Tratamiento de Lledoners tampoco tampoco habría especificado en qué pueden influir de forma positiva en Forn las tareas que realice las horas que esté fuera de la cárcel.

“Preparación, competencia y relaciones personales”

En relación con lo anterior, el fiscal señala que Forn no presenta ningún tipo de " carencia" en el ámbito laboral, como lo demuestra el hecho de tener una oferta profesional en estos momentos, pero ello por sí mismo no justifica que le conceda ya el régimen de semilibertad, ya esas mismas funciones jurídicas ya las desempeñó antes de que fuese consejero de Interior y cometiese los hechos por los que fue condenado. Eso sí, el Ministerio Público no duda de que no tendrá "ningún problema para obtener trabajo en el exterior» cuando logre el tercer grado o la libertad condicional, «dada su preparación, su competencia y sus relaciones personales».

Junto a todo ello, el representante de la Fiscalía denuncia igualmente que la concesión por la Generalitat de este régiemn “excepcional de cumplimiento” que se le ha otorgado a Forn, con una “gran amplitud horaria y sin motivos tratamentales que lo justifiquen», provoca desconfianza en el Estado de Derecho y en la Administración de Justicia, así como en la percepción de la Justicia “es igual para todos, al igual que la actividad penitenciaria”.