Justicia -ley penal
El Gobierno dará mañana luz verde a tramitar el cambio de la Ley Penal que dará a los fiscales la investigación
El CGPJ, Fiscalía General del Estado y Consejo de Estado deberán informar sobre el Anteproyecto del Ministerio de Justicia
El Consejo de Ministros aprobará hoy el anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal elaborada por el Ministerio de Justicia, según confirmaron a este periódico fuentes del Departamento que dirige Juan Carlos Campo. En este reforma se prevé como una de las novedades más relevante que el Ministerio Fiscal será quien pase a dirigir la investigación de los procedimientos penales, a la vez que se crea la figura del Juez de Garantías, que será el encargado de velar por el respeto a los derechos de todos los implicados en un proceso y de que se garanticen los derechos a todas las partes. En todo caso, su entrada en vigor, una vez cumplido su tramitación parlamentaria, tardará varios años, ya que será necesario modificar el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, además de otras reformas igualmente importante.
Una vez se apruebe mañana el anteproyecto, en el que ha tenido una participación muy activa la Comisión creada al respecto que ha presidido el magistrado Juan José López Ortega, comenzará su tramitación con la petición de los correspondientes informes al Consejo General del Poder Judicial -previsiblemente ya por su nueva configuración-, Fiscalía General del Estado y Consejo de Estado, cuyos dictámenes son preceptivos pero no vinculantes para el texto que finalmente se pueda aprobar ya como Proyecto de Ley. Posteriormente, ya se aprobaría el texto como proyecto de Ley y comenzaría su reforma parlamentaria, que se prevé igualmente dure no poco tiempo.
En relación con el nuevo papel de la Fiscalía, se establece un cambio de modelo en la investigación, que será asumido por la Fiscalía , convirtiéndose en el “director del procedimiento de investigación oficial” y dentro de la estructura básica del Ministerio Fiscal, se opta decididamente por potenciar una organización interna basada en el funcionamiento de equipos autónomos de fiscales.
El otro cambio esencial afecta al juez, que dejará de ser el instructor de las causas para convertirse en “juez de garantías”, donde entre sus funciones principales estarán las develar por el respeto a los derechos de todas las partes , ser el «garante de los derechos individuales» y garantizar la igualdad de las partes. También podrá fijar un plazo máximo para la terminación de las investigaciones.
Acción popular y prisión provisional
Junto a ello, se suprime la posibilidad de que partidos políticos y sindicatos puedan ejercer la acción popular que, en ningún caso se suprime. En este punto, se adopta esta decisión por “razones de mínima coherencia institucional”. Así, respecto a los partidos y sindicatos, en el anteproyecto se recoge que su exclusión deriva, entre otras razones, por el " especial riesgo de instrumentalización del proceso que dimana de su intervención activa en el debate político”.
También resulta novedosa la creación de una Comisión Nacional de seguimiento de la prisión provisional encargada de velar por que los órganos jurisdiccionales y las fiscalías cuenten con medios adecuados para utilizar medidas cautelares menos gravosas que la prisión provisional
✕
Accede a tu cuenta para comentar