Memoria histórica
La jueza ratifica que la familia Franco debe entregar el Pazo de Meirás al Estado el jueves
Designa al Estado depositario de todos los bienes del inmueble y avala que la familia Franco pueda retirar objetos “de estricto uso personal”
Los herederos de Franco deben entregar el Pazo de Meirás el próximo día 10, como estaba previsto, a la vez que todos sus bienes, excepto los enseres de uso personal, que quedan en manos del Estado hasta que se dirima el recurso presentado ante la Audiencia Provincial de A Coruña.
Así lo ha decidido el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña tras la vista celebrada el pasado miércoles para revisar la medida cautelar que prohíbe a la familia retirar bienes del edificio mientras se realiza un inventario.
La jueza, Marta Canales, ha establecido que se permitirá la retirada de aquellos objetos “de estricto uso personal o que, por sus características, nada aporten a la significación del Pazo como Bien de Interés Cultural”.
El juzgado ha aceptado las alegaciones del Estado, la Xunta, los ayuntamientos de Sada y A Coruña y la Diputación Provincial, y no ha tenido en cuenta las alegaciones de la defensa de los nietos del dictador.
La magistrada formaliza así la ejecución provisional de la sentencia que ella misma dictó el pasado 2 de septiembre, en la que declara que el pazo es una propiedad pública y condena a los herederos de Francisco Franco a devolverlo al Estado.
Esta sentencia no hacía referencia alguna a las posesiones en el interior del pazo y no especificaba nada acerca del futuro paradero del contenido. Por ello, la defensa de los Franco hizo constar su “oposición a las medidas cautelares acordadas por cuanto se refieren a bienes cuya titularidad no ha sido objeto de discusión en el procedimiento, no han sido objeto de reivindicación por el Estado y son propiedad privada de mis clientes».
En relación a los guardeses, atendiendo al ofrecimiento del Estado para que se les confiera un plazo mayor para abandonar la casa que habitan, la jueza ha fijado como fecha máxima el 15 de enero de 2021.
La magistrada ha detallado que la parte demandada yerra “cuando dice que se le dieron veinte días para retirar todos sus bienes”, ya que “sus actos fueron los de cumplir voluntariamente el fallo y, en congruencia, el auto dispone el plazo de un cumplimiento voluntario”.
“La literalidad del auto es clara”, ha sostenido la titular del Juzgado que ha argumentado que la decisión de prohibir retirar bienes del recinto sin informar previamente a la parte demandada responde “a una situación de urgencia patente”, pues los Franco habían contratado vehículos para llevárselos, extremo que ha negado siempre su representación legal.
“La urgencia surge cuando los demandados, diciendo que van a entregar voluntariamente el Pazo, previamente quieren proceder al traslado de bienes en 50 camiones, que sin duda son muchos camiones, lo que se traducía en un vaciado de no se sabía qué”, ha asegurado.
En este sentido, la magistrada insiste en que era “necesario saber qué existía en Meirás” antes de permitir “trasladar todo tipo de bienes desconocidos”, informa Efe.
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