Justicia

Archivada la querella de Cifuentes contra los periodistas que destaparon el “caso Máster”

Las informaciones de eldiario.es estaban amparadas por el derecho a la libertad de información y tenían relevancia pública

La ex presidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes declarará hoy en el juicio que se sigue contra ella y dos acusadas más por la presunta falsificación del acta
La ex presidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes declarará hoy en el juicio que se sigue contra ella y dos acusadas más por la presunta falsificación del actaDavid FernandezEFE

El Juzgado de Instrucción número 29 de Madrid ha rechazado la querella que interpuso Cristina Cifuentes contra los dos periodistas de eldiario.es Ignacio Escolar -director- y Raquel Pérez Ejerique, quienes destaparon el conocido como “caso Máster de Cifuentes”, que posteriormente ampliaría contra un profesor de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. La expresidenta de la Comunidad de Madrid imputaba a los dos periodistas un delito de  descubrimiento y revelación de secretos, relacionado con la difusión de datos que habrían obtenido de forma ilícita y con los que se venía a avalar las irregularidades cometidas para que obtuviese en 2012 el Máster de Derecho Público del Estado Autonómico.  El auto de sobreseimiento dictado por la magistrada Pilar Martínez Gamo deja claro que los artículos en los que se ponía de manifiesto esos hechos están amparados por el derecho a la libertad de expresión y, además, tenían relevancia pública al afectar a quien entonces dirigía la Comunidad de Madrid.

En ese sentido, Cifuentes -quien mañana debe declarar en el juicio contra ella y otras dos acusadas más y donde el fiscal pide en un principio para ella una pena de tres años y tres meses de cárcel como inductora de falsificar el acta- esgrimía en su querella que una o varias personas lograron entrar en su expediente académico a través del “Sistema de Gestión de Alumnos” y se “apoderaron” de datos de carácter “personal y reservados” que fueron posteriormente cedidos a los dos periodistas del citado diario digital “con la intención de causar un perjuicio” a Cifuentes y que dieron origen a diversos artículos relacionados con que obtuvo su Máster “de forma irregular por medio de notas falsificadas”.

Sin embargo, la magistrada tumba de plano esos argumentos y destaca tres argumentos: los artículos en cuestión están amparados por el derecho constitucional a la libertad de expresión, los mismos tenían un claro interés público y, por el contrario, no se ha acreditado ni siquiera de forma indiciaria que los periodistas hubiesen obtenido los datos que ponían en cuestión el máster de Cifuentes de una manera ilícita.

“El ejercicio del derecho a la libertad de expresión -artículo 20 de la Constitución- ampara en este supuesto la publicación de los datos” en cuestión, “al cumplir todos los requisitos necesarios para superar el canon de constitucionalidad: La información difundida tenía relevancia pública, ya que hacía referencia a la entonces presidenta de la Comunidad de Madrid, los datos publicados sirvieron para justificar la pretendida veracidad de la noticia, sin que se publicaran más datos que aquellos que se entendieron indispensables a tal fin”