Tribunales

El Supremo ratifica que un poema satírico contra Irene Montero sobre su relación con Iglesias no vulneró su honor

Rechaza el recurso de la ministra de Igualdad contra la sentencia que anuló una indemnización de 70.000 euros por intromisión en su imagen

Pablo Iglesias e Irene Montero, durante un acto de campaña
Pablo Iglesias e Irene Montero, durante un acto de campañaI.Infantes.POOLEuropa Press

Un poema satírico que vinculó la carrera política de Irene Montero a su relación sentimental con el ex vicepresidente del Gobierno, y ex líder de Podemos, Pablo Iglesias no vulneró el derecho al honor de la ministra.

Así lo ha decidido el Tribunal Supremo, que avala la decisión de la Audiencia de Madrid de anular la condena al autor de los versos y a la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, en cuya revista se publicó en noviembre de 2017, a pagar una indemnización de 70.000 euros a Montero, en esas fechas diputada de Unidas Podemos, cuyo recurso de casación contra esa resolución ahora desestima.

Y es que aunque los magistrados admiten que el autor de los mismos, un magistrado jubilado que los firmó bajo el seudónimo de “El Guardabosques de Valsaín”, cuestionó los méritos de la ministra de Pedro Sánchez “de una manera desagradable y grosera”, defienden que el poema está amparado por la libertad de expresión, subrayando que “la crítica satírica a la situación a que se refiere el escrito litigioso debe ser soportada por el cargo público afectado”.

El texto, “De monjas a diputadas”, dice así: “Cuentan que en España un rey/De apetitos inconstantes/Cuyo capricho era ley/Enviaba a sus amantes/Hacer de un convento grey/Hoy los tiempos han cambiado/Y el amado timonel/En cuanto las ha dejado/No van a un convento cruel/Sino a un escaño elevado/La diputada Montero/Ex pareja del “Coleta”/Ya no está en el candelero/Por una inquieta bragueta/Va con Tania al gallinero”.

El Tribunal Supremo señala que su autor pretende “criticar de forma sarcástica la correlación que, a su juicio, existe entre quienes mantienen relaciones personales con el secretario general del partido político al que pertenece la actora y el trato y posición que ocupan en el partido” y subraya que el hecho de que Irene Montero “sea pareja del secretario general del partido al que ambos pertenecen puede ser, lógicamente, objeto de crítica”.

De manera “desagradable y grosera”

Los magistrados advierten de que el escrito obvia que Montero “ha sido elegida democráticamente en unas elecciones” y sugiere que “sus únicos méritos consisten en ser pareja del secretario general de su partido”, y lo hace de una manera “desagradable y grosera”. No obstante, añade, “no puede entenderse que la idea principal que se comunica a través de la sátira –aunque fuera incierta y desafortunada–, resulte totalmente ilógica o absurda y ajena a cualquier dato objetivo que le sirva de base”.

Pero para la Sala, el debate debe centrarse en los límites que pueden imponerse a la libertad de expresión en una sociedad democrática, por lo que lo relevante del texto es la referencia a “su relación personal con el secretario general del partido”. “La cuestión de las designaciones en los partidos políticos es de interés general”, aunque le resulte “molesto” a Irene Montero, “y el texto litigioso expresa una opinión, no está informando de hechos”, concluye.

En la sentencia ahora avalada, la Audiencia de Madrid recordaba que “textos con el mismo carácter burlón y satírico eran publicados periódicamente por el mismo autor y bajo el mismo seudónimo en la revista de la asociación, que incluía publicaciones no estrictamente jurídicas”. Este tribunal tampoco advirtió una intromisión en su derecho al honor, por lo que anuló la sentencia de primera instancia que consideró que el poema “erosionó” la dignidad de Irene Montero al suponer “un ultraje y ofensa” a ella “como persona y mujer”.

La asociación Francisco de Vitoria rechazó el contenido del poema a través de su cuenta de Twitter y lamentó el daño que pudiera causar a la entonces diputada de Unidas Podemos, pero la defensa de Montero calificó el mismo de “burla sexista” que le reducía a la condición de “pareja de” por el hecho de ser mujer, “haciendo ver que el cargo público que ostenta depende de los deseos sexuales de un hombre”.